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  • Dudas sobre Inscripción de Sucesión

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 #595873  por valeria970
 
Les pido me ayuden, no ejerzo pero estoy llevando la sucesión de mi padre. Es en Capital.
Tengo que inscribir una casa.
Dudas:
1) presento un escrito pero pido si alguno tiene un moeldo o link para confeccionarlo.
2) para la valuación fiscal me dijeron que adjunte la boleta de ABL, está OK?
3) la declaración jurada la bajé de internet, el valor de la tasa es sobre el 50% del bien pues era ganancial, es así?
4) la tasa es del 1,5? no la pago hasta que el juez me aprueba la DJurada, verdad?
5) debo presentar algo más?
Desde ya muchas gracias necesito orientación...
 #595880  por abogado1987
 
Hola Valeria, como pautas tené presente

Requisitos inscripción DH Ciudad de Buenos Aires
1. Deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 730 del CPCC, acompañando certificados de dominio e inhibiciones. (a)
2. Acreditar valuación del inmueble (ABL), etc
3. Abonar la correspondiente tasa de justicia.
4. Asumir las deudas en los términos del art. 5 de la ley 22.427.
5. Dar cumplimiento con lo dispuesto por el art 4 de la ley 25.345, modificatoria del art 3 bis de la ley 17.801, denunciando en autos las claves tributarias de los herederos y los eventuales cesionarios.
6. Atento lo dispuesto por la ley 1010 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, acompañar certificado de inexistencia de deuda tributaria expedida por la Dirección General de Rentas respecto del inmueble cuya inscripción solicita.

(a) Art. 155 - Los informes expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble, sobre cuyas bases y constancias sea menester dictar pronunciamiento, deberán ser reiterados cuando hubieren transcurrido más de sesenta días desde su fecha de emisión.
Reglamento para la Justicia Nacional en lo Civil
http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00004/00029141.Pdf
 #595884  por valeria970
 
1) la tasa no la pago al presentar el escrito verdad? solo presento la DJ y luego me la aprueba el juzgado y se paga?
2) puedo no cobrar honorarios? es mi familia, puedo poenr en el escrito que no percibo por ser causa propia?
 #596165  por abogado1987
 
valeria970 escribió:1) la tasa no la pago al presentar el escrito verdad? solo presento la DJ y luego me la aprueba el juzgado y se paga?
2) puedo no cobrar honorarios? es mi familia, puedo poenr en el escrito que no percibo por ser causa propia?
si la sucesión tramita en ciudad de Buenos Aires, con el escrito en el cual cumplo
con los requisitos de inscripción de la DH (acompaño certificados,
valuación, etc) acompaño constancia de pago de tasa de justicia ...