Sí plantearía la nulidad de la cláusula por la ley de convertibilidad, por la ley del consumidor y por la falta de relación (como deuda de valor) entre un inmueble y el barril del petróleo. Plantearía que se considere las sumas pagadas de más con sus intereses desde el pago por la aplicación de la cláusula.
“Haz en ti los cambios que quisieras ver en el mundo” Mahatma Gandhi.
