Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INSCRIPCION DH URGENTE

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #591308  por amg
 
Sucesion en Pcia, bien en capital. Mande inscribir la DH pero la gestoria me dice que tarda 3 meses y los herederos tienen la posibilidad de vender ya.
Se puede hacer la escritura, denunciarla en el expediente y pedir al juez que se inscriban la DH y la escritura juntas.
Se que en las cesiones de derecho se puede pero no se si funciona igual respecto de las escrituras y tampoco se si el escribano hace la escritura solo con la orden de inscripcion
Tengo hasta el lunes para rescatar de la gestoria el oficio y testimonio
 #591711  por martinhm77
 
amg escribió:Sucesion en Pcia, bien en capital. Mande inscribir la DH pero la gestoria me dice que tarda 3 meses y los herederos tienen la posibilidad de vender ya.
Se puede hacer la escritura, denunciarla en el expediente y pedir al juez que se inscriban la DH y la escritura juntas.
Se que en las cesiones de derecho se puede pero no se si funciona igual respecto de las escrituras y tampoco se si el escribano hace la escritura solo con la orden de inscripcion
Tengo hasta el lunes para rescatar de la gestoria el oficio y testimonio
Hola, no se puede hacer la escritura y denunciarla al expte.
Sí pedir autorización para vender por tracto abreviado.-
Entonces lo que yo haría sería, rescatar el oficio y testimonio. Presentar un escrito donde se plantea la situación, que atento que repentinamente ha aparecido la posibilidad de vender, se dejen sin efecto los oficios y testimonios librados. Y que solicitan autorización para vneder a fulano... con todos sus datos, denunciando al escribano que va a intervenir.
Si el Juez autoriza, retiras el expte y el escribano termina en trámite.-
Al menos así lo manejamos en mi Pcia, aclaro que no soy ni de Cap ni de "Pcia"
Saludos
 #591714  por sole10
 
Coincido en un 100 %,con la opinión de Martin :D
 #592113  por amg
 
Gracias por la pronta respuesta.
Vale decir, que en el estado en el cual se encuentra el expediente el escribano puede hacer la escritura?
Amplio el tema: hice la sucesión y cuando estuvo la declaratoria les dije a los herederos que buscaran comprador, pero cuando lo encontraron e ibamos a hacer un boleto por 50% y posesión y escritura contra la cencelación, les dio miedo dar la posesión y la operación se frustro. Entonces pague todo, cobre todo y pedi la inscripción de la declaratoria para que puedan hacer directamente la escritura, ellos ya quieren vender y yo no sabía que la inscripción de la DH tardaba tanto.
 #592202  por martinhm77
 
Hola, si la intención de los herederos de entrada era vender, yo nunca recomiendo inscribir la DH....
No tiene sentido, se alarga el trámite, se encarecen los costos de gusto.... o sea para que hacer un tracto sucesivo si podemos hacer uno abreviado
Yo en estos casos luego de la denuncia de bienes y pagados los impuestos sucesorios, dejo que el expte quede "ahí", cuando aparece el comprador pido el tracto y chau
Saludos
 #592409  por amg
 
Ahora lo entendí. Mi duda es si el escribano hace la escritura de venta antes de tener la orden de inscripción de la declaratoria? o como lo manejas?
 #592607  por martinhm77
 
amg escribió:Ahora lo entendí. Mi duda es si el escribano hace la escritura de venta antes de tener la orden de inscripción de la declaratoria? o como lo manejas?
Hola: No, no hay orden de inscripción de la declaratoria....
Lo que hay es una autorización para vender directamente al tercero, por eso es tracto "abreviado"
Si se inscribiera la DH y luego se vendiera, sería tracto "sucesivo". Esto último no es que no se pueda hacer, el tema es que no resulta práctico.-
Se entiende?