Hola estimados, tengo la siguiente duda y por más que le doy vuelta no va, si pueden aclararme un poco el panorama se agradece desde ahora y si no también por robarle su tiempo.
1-Hay una Señora que actualmente está cobrando la pension que le otorgó la caja de jubilaciones de la policia federal por fallecimiento de quién en vida fuera su concubino y padre de su hija (el causahabiente no estaba divorciado ni separado legalmente pero convivió más de 5 años con ella)
2- Aparece en escena la viuda del policía que nunca tramitó ningun beneficio por falta de conocimiento de que podía acceder a tal beneficio y los años pasaron y pasaron, ella tuvo 3 hijos con el causante (éste siguió pagando alimentos de ellos hasta su fallecimiento sin existir convenio)
Tengo entendido que en la caja de policía son muy estrictos en cuanto al tema de la no concurrencia de los derechohabientes viuda-concubina.
Luego de casi 19 (DIECINUEVE)
y por motivos de falta de recursos ¿podría presentarse la viuda no conviviente solicitando participación en el beneficio previsional adquirido por la concubina?
Me imagino que administrativamente la petición sería denegada. ¿pero judicialmente? ¿y como juega acá la prescripción?
Un saludo a todos los del foro
1-Hay una Señora que actualmente está cobrando la pension que le otorgó la caja de jubilaciones de la policia federal por fallecimiento de quién en vida fuera su concubino y padre de su hija (el causahabiente no estaba divorciado ni separado legalmente pero convivió más de 5 años con ella)
2- Aparece en escena la viuda del policía que nunca tramitó ningun beneficio por falta de conocimiento de que podía acceder a tal beneficio y los años pasaron y pasaron, ella tuvo 3 hijos con el causante (éste siguió pagando alimentos de ellos hasta su fallecimiento sin existir convenio)
Tengo entendido que en la caja de policía son muy estrictos en cuanto al tema de la no concurrencia de los derechohabientes viuda-concubina.
Luego de casi 19 (DIECINUEVE)
Me imagino que administrativamente la petición sería denegada. ¿pero judicialmente? ¿y como juega acá la prescripción?
Un saludo a todos los del foro
La verdad solo es divina, solo es cuestión de esperar que Diós haga justicia
