Hola a todos!!!Les cuento mi duda!Se trata de una sucesion en provincia.
la propiedad era de una pareja con cuatro hijos. Muere la pareja, se hizo sucesion, se declaro herederos a los cuatro hijos, y se inscribio, todos mayores de edad.
En el año 2000 fallece uno de los hijos (1), soltero sin hijos, por lo tanto heredan sus hermanos.
En el año 2001 fallece otro de los hijos (2), divorciado con un hijo, hereda su hijo.
En el año 2002 fallece otro hijo(3), el cual era soltero, heredan sus hermanos.
el (4) hermano esta vivo.
Comentario: todos los que han fallecido tienen declaratoria de herederos y hasta alli se hizo.
Mi duda es con respecto al pago de la tasa de justicia. El calculo lo se hacer, pero lo que no se es sobre que masa calcularla.
En un principio a cada uno le correspondia 1/4 sobre el acervo. La pregunta es si en cada sucesion debo pagar la tasa sobre 1/4. o por el contrario debo pagar conforme lo que realmente se transmite:
Es decir, si son cuatro hermanos, uno vive y tres murieron. el que vive tienen 1/2 sobre la casa y siguiendo los hechos que narre quedaria otro heredero mas que seria el hijo que dejo uno de los cuatro hermanos (2), la pregunta es si en esta sucesion debo paga la tasa por 1/2.
Espero puedan entenderme. lei el codigo, pero me surgen algunas dudas y no quiero meter la pata. Muchas gracias como siempre!!!
la propiedad era de una pareja con cuatro hijos. Muere la pareja, se hizo sucesion, se declaro herederos a los cuatro hijos, y se inscribio, todos mayores de edad.
En el año 2000 fallece uno de los hijos (1), soltero sin hijos, por lo tanto heredan sus hermanos.
En el año 2001 fallece otro de los hijos (2), divorciado con un hijo, hereda su hijo.
En el año 2002 fallece otro hijo(3), el cual era soltero, heredan sus hermanos.
el (4) hermano esta vivo.
Comentario: todos los que han fallecido tienen declaratoria de herederos y hasta alli se hizo.
Mi duda es con respecto al pago de la tasa de justicia. El calculo lo se hacer, pero lo que no se es sobre que masa calcularla.
En un principio a cada uno le correspondia 1/4 sobre el acervo. La pregunta es si en cada sucesion debo pagar la tasa sobre 1/4. o por el contrario debo pagar conforme lo que realmente se transmite:
Es decir, si son cuatro hermanos, uno vive y tres murieron. el que vive tienen 1/2 sobre la casa y siguiendo los hechos que narre quedaria otro heredero mas que seria el hijo que dejo uno de los cuatro hermanos (2), la pregunta es si en esta sucesion debo paga la tasa por 1/2.
Espero puedan entenderme. lei el codigo, pero me surgen algunas dudas y no quiero meter la pata. Muchas gracias como siempre!!!


