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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #588445  por mariairene
 
Quisiera me confirmen si el plazo para ingresar el reajuste una vez firmado el poder judicial es de 90 días, y me digan si son habiles, igual que el plazo posterior a la denegatoria de reajuste por ANSES.
 #588451  por AndreaL
 
mariairene escribió:Quisiera me confirmen si el plazo para ingresar el reajuste una vez firmado el poder judicial es de 90 días, y me digan si son habiles, igual que el plazo posterior a la denegatoria de reajuste por ANSES.
Hola mariairene, según la LPA art 25, una vez notificada fehacientemente la resolución denegatoria , tenemos 90 días hábiles judiciales para interponer la demanda.
Saludos *suerte*