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  • Duda probatoria. Sin certi con aportes en el SIJP historico

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #588378  por juanlll
 
Aunque surgiría de la probatoria quería confirmar mi interpretación con el punto de vista de los que la tienen bien clara: Uds.

En el SIJP (SIPA) histórico (antes del 94) surgen aportes por un empleador en un 75 % de lo que realmente mi cliente trabajó bajo su relación de dependencia. Y por otro empleador surge un 50 % acreditado.

Mi pregunta es la siguiente: Con esas pantallas sin más ya estaría acreditado el 100 % de lo que declara mi cliente. O necesitaría mas prueba lo cual veo complicado obtener??????? Pregunto esto porque en la probatoria se establece que acreditando un 35 % en el histórico ya se consideraría probado el período completo declarado.

80000000000 gracias
 #588386  por soloiure
 
JuanIII, está perfecto. Para periodos anteriores a 07/1994 sólo necesitás que te figuren en SIPA un 35% por cada empleador y en tu caso los reunís.
No te olvides de hacerle certificar firma tambien en el formulario de eximisión de presentar las Certificaciones de Servicios. Suerte!
 #588394  por hugo2
 
juanlll escribió:Aunque surgiría de la probatoria quería confirmar mi interpretación con el punto de vista de los que la tienen bien clara: Uds.

En el SIJP (SIPA) histórico (antes del 94) surgen aportes por un empleador en un 75 % de lo que realmente mi cliente trabajó bajo su relación de dependencia. Y por otro empleador surge un 50 % acreditado.

Mi pregunta es la siguiente: Con esas pantallas sin más ya estaría acreditado el 100 % de lo que declara mi cliente. O necesitaría mas prueba lo cual veo complicado obtener??????? Pregunto esto porque en la probatoria se establece que acreditando un 35 % en el histórico ya se consideraría probado el período completo declarado.

80000000000 gracias
Por el porcentaje estaria perfecto, siempre que se trate de periodos intermedios, de lo contrario si no tiene otras pruebas no se puede estirar la probatoria ni para atras ni para adelante.
 #588409  por fabidoc
 
Cómo que no se puede extender el período. Esta semana presenté 2 expedientes. Uno con 2 años en SIJYP y afiliación, me tomaron 10 años.(anterior a 1977). En otro tenía más del 35% me tomaron todo el período(no tenía cese en SIJYP).-
Lo que la 524 dice:
... Cuando en el SIJP existen fechas de alta y de baja de los servicios, deberá considerarse acreditado todo el período registrado en el mismo, no pudiendo considerarse períodos anteriores a la fecha de alta y/o posteriores a la fecha de baja, salvo que se hubieren aportado pruebas que permitan extender el período a reconocer...
Es decir, si tiene alta y baja no se puede estirar el período, por contrario sensu...si no los tiene ahí entrá a jugar todo la probatoria y los porcentajes de la 524/08.
 #589223  por casbarrog
 
Hola colegas!
les consulto a ver si interpreté bien lo expuesto en el post.- si tengo alta y/o baja no puedo modificar ni para atrás ni para adelante, salvo aportando prueba.-

mi caso sería así: períodos anteriores al 7/94
para empresa xx me figura alta 8/79 (esto no lo toco porque no tengo otra prueba)
luego tengo, en 1980: 12 meses trabajados, PERO EN BAJA ESTÁ EN BLANCO.-
en este caso INTERPRETO que puedo extender hacia adelante, aún sin tener otra prueba, porque la columna de BAJA está en blanco, aunque figuren 12 meses trabajados en ese año 1980. ¿es así?
obvio siempre y cuando lo que figure en sipa represente el 35% de lo que denuncio.- (igual yo debo extender sólo 7 meses)
¿no hacen verificación verdad en estos casos? me lo toman tal y como lo denuncio? ¿presento telegrama solicitando certificación devuelto? (obvio la empresa ya no existe)
les dejo un gran saludo
y disculpen si es redundante la pregunta pero necesitaría me cotejen si estoy interpretando bien la probatoria y los post.-
 #589774  por fabidoc
 
casbarrog escribió:Hola colegas!
les consulto a ver si interpreté bien lo expuesto en el post.- si tengo alta y/o baja no puedo modificar ni para atrás ni para adelante, salvo aportando prueba.-

mi caso sería así: períodos anteriores al 7/94
para empresa xx me figura alta 8/79 (esto no lo toco porque no tengo otra prueba)
luego tengo, en 1980: 12 meses trabajados, PERO EN BAJA ESTÁ EN BLANCO.-
en este caso INTERPRETO que puedo extender hacia adelante, aún sin tener otra prueba, porque la columna de BAJA está en blanco, aunque figuren 12 meses trabajados en ese año 1980. ¿es así?
obvio siempre y cuando lo que figure en sipa represente el 35% de lo que denuncio.- (igual yo debo extender sólo 7 meses)
¿no hacen verificación verdad en estos casos? me lo toman tal y como lo denuncio? ¿presento telegrama solicitando certificación devuelto? (obvio la empresa ya no existe)
les dejo un gran saludo
y disculpen si es redundante la pregunta pero necesitaría me cotejen si estoy interpretando bien la probatoria y los post.-
Si tenés el 35% en SIJYP entiendo que es así ya que la res. 524/08 dice:....se considerará acreditado el período laboral siempre que figure un 35% DEL TIEMPO INVOCADO con dicho empleador en el informe del SIJP"...
Siempre llevate la 524/08 encima porque todavía no entienden mucho de ella en las UDAI.-Saludos