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  • Reco autónomo arg vive en el exterior con DEUDA PARCIAL

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #588181  por Vanu77
 
Hola, armé un sicam para un argentino que vive en el exterior, quiero hacerle un reco de portes en RDP y Autónomos.
El tema es que surgen períodos impagos, precisamente desde el 2005.-
MI idea era presentar las certificaciones de servicios por los períodos en RDP. y además un deuda parcial hasta los períodos sin deuda del sicam...
Hace rato q estoy con esto, en alguna oportunidad no recuerdo que puse, logré que me saliera en el detalle de deuda "deuda parcial" y daba cero...porque solo detallé períodos pagos...
ahora quiero volver a hacerlo y no logro sacar la dueda posterior... y además como es un reconocimiento....no sé si corresponda porner deuda parcial....
alguien sabe algo al respecto?
de todos modos voy a intentarlo con deuda sino....y ver q me dicen en la udai y les cuento. gracias :)
 #588314  por AIC
 
Buenas noches, con respecto al reco de autonomos, debes cargar en"pagos" cada ticket que tenes a verificar, luego en situacion de revista, todos los periodos cargados en pagos con la categoria que le corresponda, luego si, haces un calculo de la liquidacion, e imprimis el detalle de deuda + los form 558ABC, adjuntas los comprobantes de pagos originales y al momento del turno lo presentas, y a sentarse a esperar, entre 6 meses y un año para que resuelvan.
 #588541  por Vanu77
 
Hola, muchas gracias por responder. En realidad solo quiero que le emitan una resolución reconociéndole los períodos que tiene pagados en tiempo y forma. Por eso quiero excluir la deuda de ser posile, pero como no puedo sacar el detalle de deuda parcial, voy a tner que incluir los últimos períodos que tienen deuda.
gracias.
 #589234  por Vanu77
 
gracias Peri, es que solo podría aplicar art. 1 son períodos dsps del 2005 pero me han dicho que en el reco no se aplica art. 1 de ahi q no sabía como armarlo....veremos...mañana tengo el turno... :) gracias.
 #609207  por diegora
 
Buenas! en el caso de de un autonomo se podria renunciar o prescribir periodos anteriores al 09/1993? mi intencion es renunciar o prescribir con el objetivo de comprar otros periodos anteriorres al 09/1993 con la moratoria que son mas baratos para asi bajar la cuota.