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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #587597  por tincho_20
 
Gente les hago una consulta, Tengo una señora que quiere iniciar una RTI, tiene aportes de municipalidad avellaneda (O sea IPS). Pero a su vez tiene regularidad por AUTONOMO, En fin si o si tengo que hacer Reconocimiento en el ips para traer esos aportes a ANSES, o como no son necesarios no los declaro en la solicitud y listo.. ? el tema es que aparecen en SIJP pero sin transferencias.
 #587608  por celiaEsc
 
Hola cuando hay aportes de ANSES y de IPS, corresponde tramitar la prestación por la caja en la que hubiera más aportes, eso sí es obligatorio.
Hacer el reconocimiento de IPS, si los aportes son menores, se que algunos no lo hacían, y se jubilaban por anses, igual que otros que tienen aportes en cajas provinciales no los hacen figurar.
Si no se los hacés figurar, se va a retirar con menos años de aportes que los que tuvo. Saludos
 #587683  por tincho_20
 
celiaEsc escribió:Hola cuando hay aportes de ANSES y de IPS, corresponde tramitar la prestación por la caja en la que hubiera más aportes, eso sí es obligatorio.
Hacer el reconocimiento de IPS, si los aportes son menores, se que algunos no lo hacían, y se jubilaban por anses, igual que otros que tienen aportes en cajas provinciales no los hacen figurar.
Si no se los hacés figurar, se va a retirar con menos años de aportes que los que tuvo. Saludos
ok entonces los puedo obviar. gracias
 #587787  por celiaEsc
 
Claro: salvo que sean más que los aportes que tiene en ANSES ¡¡ saludos
 #587883  por tincho_20
 
celiaEsc escribió:Claro: salvo que sean más que los aportes que tiene en ANSES ¡¡ saludos
gracias.
 #588223  por celiaEsc
 
Hola: preguntaste sobre los aportes de IPS, para hacer un RTI, y como dudé, busqué sobre el tema, no estaba segura, entonces te aconsejo, que estudies mejor el tema, porque si fuera una jubilación , no habría tanto problema, pero es un RTI.
Y Si los últimos servicios son provinciales, como al momento de la incapacidad trabajaba en pcia, debería jubilarse en provincia. - En casos de RTI, creo que tienes que tener más cuidado y creo que deberías acompañar el Reconocimiento de servicios de IPS, para desvirtuar cualquier duda a la hora del análisis de la caja otorgante, porque en casos de RTI, no se cuenta solamente la Caja que más aportes posee, sino en qué caja se incapacitó.
Te voy a enviar unos archivos sobre la determinación de la caja otorgante y una ley que te va a ayudar , también estuve leyendo un libro y te voy a enviar este fallo completo por mp, que te resumo aqui:
JAURRIETA DE SIRI LORENZA EVA C / PCIA BS AS. ""desconocimiento de las obligaciones derivadas del sistema de reciprocidad jubilatoria -al que se halla adherida la provincia- que imponen el deber para la caja otorgante de computar como si fueran propios los servicios prestados, sucesiva o simultáneamente,
bajo el régimen de otra u otras cajas adheridas al régimen, previo RECONOCIMIENTO de dichas tareas como se hizo en el caso (arts. 1° y 7° decreto 9316/46).
Resumiendo: yo presentaría el reconocimiento. te envío los archivos por MP. saludos ¡¡
 #588605  por MJULIA
 
celia si no es molestia y cuando puedas, podrias mandarme los archivos de RTI,muchas gracias. si podes mi mail es mariajuliasibona arroba hotmail.com
 #588608  por celiaEsc
 
Bueno M. Julia. ya te los envío, saludos ¡¡
 #589343  por tincho_20
 
celiaEsc escribió:Hola: preguntaste sobre los aportes de IPS, para hacer un RTI, y como dudé, busqué sobre el tema, no estaba segura, entonces te aconsejo, que estudies mejor el tema, porque si fuera una jubilación , no habría tanto problema, pero es un RTI.
Y Si los últimos servicios son provinciales, como al momento de la incapacidad trabajaba en pcia, debería jubilarse en provincia. - En casos de RTI, creo que tienes que tener más cuidado y creo que deberías acompañar el Reconocimiento de servicios de IPS, para desvirtuar cualquier duda a la hora del análisis de la caja otorgante, porque en casos de RTI, no se cuenta solamente la Caja que más aportes posee, sino en qué caja se incapacitó.
Te voy a enviar unos archivos sobre la determinación de la caja otorgante y una ley que te va a ayudar , también estuve leyendo un libro y te voy a enviar este fallo completo por mp, que te resumo aqui:
JAURRIETA DE SIRI LORENZA EVA C / PCIA BS AS. ""desconocimiento de las obligaciones derivadas del sistema de reciprocidad jubilatoria -al que se halla adherida la provincia- que imponen el deber para la caja otorgante de computar como si fueran propios los servicios prestados, sucesiva o simultáneamente,
bajo el régimen de otra u otras cajas adheridas al régimen, previo RECONOCIMIENTO de dichas tareas como se hizo en el caso (arts. 1° y 7° decreto 9316/46).
Resumiendo: yo presentaría el reconocimiento. te envío los archivos por MP. saludos ¡¡
Gracias celi, sigo analizando la carpeta, y me dijeorn que en realidad hay una resolucion de la CARSS que permite obviar los aportes de provincia... el tema que no se que resolucion es y sigo buscando.
 #591086  por celiaEsc
 
Hola: yo encontré una resolución de CARSS. sobre ips, pero no es tu tema, voy a buscar en otros lugares mañana. Saludos ¡¡