Hola amigos, muchas gracias por su ayuda. Les cuento que estoy gestionando una jubilación mixta (es la primera vez que hago una de este tipo, soy nuevito, así que tengo varias dudas). El cliente tiene aprox 24 años y medio de aportes en relacion de dependencia, y 8 años 5 meses como autónomo (desde el año 72 al 84, en períodos no consecutivos). Según Anses, en sus aportes como autónomo, tiene una deuda prescripta de 3 meses, y 8 de anticipo.
Estos son los aportes en relación de dependencia:
* Desde 07/1983 hasta 03/1989
* Desde 09/1990 hasta 09/1996
* Desde 01/1998 el presente 07/2010
Y aquí están los aportes como autónomo (hice una liquidación de prueba ingresando sólo sus aportes de autónomo, y arroja estos datos):
http://docs.google.com/fileview?id=0BzI ... y=CPOOpLcE
Mi duda es qué períodos adeudados son los que debo renunciar. Agradecería si pueden visitar el link y sacarme esa duda, aunque supongo que son todos aquellos que no tienen un total de 0.00.- Para renunciar a esos períodos se aplicaría el beneficio del art. 1, cierto?
Bueno, muchas gracias a quien pueda orientarme. Un gran saludo a todos!!
Estos son los aportes en relación de dependencia:
* Desde 07/1983 hasta 03/1989
* Desde 09/1990 hasta 09/1996
* Desde 01/1998 el presente 07/2010
Y aquí están los aportes como autónomo (hice una liquidación de prueba ingresando sólo sus aportes de autónomo, y arroja estos datos):
http://docs.google.com/fileview?id=0BzI ... y=CPOOpLcE
Mi duda es qué períodos adeudados son los que debo renunciar. Agradecería si pueden visitar el link y sacarme esa duda, aunque supongo que son todos aquellos que no tienen un total de 0.00.- Para renunciar a esos períodos se aplicaría el beneficio del art. 1, cierto?
Bueno, muchas gracias a quien pueda orientarme. Un gran saludo a todos!!
