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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #587404  por Graciela Perez
 
En la sentencia de divorcio existe cuota alimentaria para la viuda, hoy acredite los datos del vinculo, fallecio en Junio de 2010....
Sera posible hacerla via web, o me presento con turno?
 #587412  por celiaEsc
 
Hola Graciela: cuando hacés el ADP, y presentas la probatoria, ellos mismos te dicen si tiene que ir a turno. En general cuando las cosas no están claras, va con turno. En este caso al ser cónyuge dependiente económicamente, aunque esté divorciada, merece la pensión. Tiene que completar el formulario de declaración de dependencia económica. Después de hacer el adp, y llenar los formularios, le avisan, saludos
 #587555  por Graciela Perez
 
celiaEsc escribió:Hola Graciela: cuando hacés el ADP, y presentas la probatoria, ellos mismos te dicen si tiene que ir a turno. En general cuando las cosas no están claras, va con turno. En este caso al ser cónyuge dependiente económicamente, aunque esté divorciada, merece la pensión. Tiene que completar el formulario de declaración de dependencia económica. Después de hacer el adp, y llenar los formularios, le avisan, saludos

Gracias Celia por tu respuesta
 #587607  por celiaEsc
 
Graciela: cuando vaya a realizar el ADP, que lleve la resolución judicial por la cual estaba percibiendo la cuota alimentaria. Saludos