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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #587542  por diegoloco
 
Colegas,

Estoy recien empezando con jubilaciones y me cuesta mas de lo que yo creía asi que puede que pregunte una boludes (perdon por el termino).
Es un autónomo mi cliente. Viendo los "datos personales" en el SICAM figura como alta de primera categoria la fecha 03/1966, ahora bien el primer pago es de 13/11/72 (peridodos 05/1972 a 06/1972). La pregunta es, debo ampliar la situación de revista al 03/1966 o a la fecha del pago 05/1972??
La seguna pregunta es que en la pantalla "pagos" me aparecen pagos cuyo concepto es "moratoria dec. nº 493/95", como los tomo a los fines de la liquidación? ya que no tiene un período de imputación especifico porque dice 01/1955 a 06/1994.
Y la última pregunta se relaciona con la primera: si la situacion de revista la debo ampliar a la fecha de la primer categoria 03/1966, puedo comprar año sobre los años que no se hicieron los pagos ahi???
Perdon pero las dudas son muy basicas creo...
Gracias
 #587544  por hugo2
 
diegoloco escribió:Colegas,

Estoy recien empezando con jubilaciones y me cuesta mas de lo que yo creía asi que puede que pregunte una boludes (perdon por el termino).
Es un autónomo mi cliente. Viendo los "datos personales" en el SICAM figura como alta de primera categoria la fecha 03/1966, ahora bien el primer pago es de 13/11/72 (peridodos 05/1972 a 06/1972). La pregunta es, debo ampliar la situación de revista al 03/1966 o a la fecha del pago 05/1972??
La seguna pregunta es que en la pantalla "pagos" me aparecen pagos cuyo concepto es "moratoria dec. nº 493/95", como los tomo a los fines de la liquidación? ya que no tiene un período de imputación especifico porque dice 01/1955 a 06/1994.
Y la última pregunta se relaciona con la primera: si la situacion de revista la debo ampliar a la fecha de la primer categoria 03/1966, puedo comprar año sobre los años que no se hicieron los pagos ahi???
Perdon pero las dudas son muy basicas creo...
Gracias
Podes comprar todo lo que quieras o que necesites, antes y despues de la inscripcion, con el limite del 09/1993 que es hasta donde se utiliza la 24476.