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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #586093  por adriana
 
hola, foro, como estan tengo la siguiente duda estoy haciendo un sicam, pero tengo la siguiente duda, el hombre hizo su ultimo aporte en el 94.
fallecio en el 2006,
tiene 10 años de relacion de dependencia y si tomo desde la inscripcion, tengo 6 años y 1 mes hasta el 93, para aplicar beneficios.
el tema es q luego no pago nada, por lo cual la tengo q dejar abierta la liquuidacion para pedir aplicacion del decreto.
cuando yo amplio 5 años, me dan exactamente 30 años. entre relacion dependencia y autonomo
el tema esque puedo aplicar los 7 años de dj, siendo q el cese es en el 94...
aunque deje abierta laliquidacion por q no pago nada hasta fallecer???
gracias...
saludos.
Adriana.
pd. esto me abarataria bastante por q la inscripcion es en categoria alta yentiendo q la debo respetar..
 #586100  por adriana
 
Hola amplio con otra duda, con respecto a la dj....
si el sr. fallecio en el 2006 y dejo abierta la liquidación no deberia aplicar 2 años de dj...
gracias
saludos
adriana
 #586132  por ISIS
 
Dejando abierta la liquidacion no podes tomar 7 años de ddjj
Si en total completas los 30 años de aportes, a todo lo posterior al ultimo pago (creo que pusiste fue en el 94) le podes aplicar el art.1 de la 25321, en ese caso si podes tomar los 7 años de ddjj...
 #587011  por adriana
 
Hola isis, como estas? gracias por responder, lamentablemente no llego a los 30 años por 3 años y medio aproximadamente.
asi que no le aplico dej y tampoco art.1...
es asi?
gracias
saludos
adriana
 #587294  por ISIS
 
adriana escribió:Hola isis, como estas? gracias por responder, lamentablemente no llego a los 30 años por 3 años y medio aproximadamente.
asi que no le aplico dej y tampoco art.1...
es asi?
gracias
saludos
adriana
Adriana, no comprendo tu respuesta...como que lamentablemente no llegas a los 30 años? para iniciar la pension tenes que tener los 30...explica algo mas... :roll: :roll:
 #587325  por adriana
 
[Hola Isis, te cuento, de que se trata, este hombre falleció muy joven, en el año 2006. tenía 57 años 3 meses años.
el tema es que desde los 18 hasta el 9-93 tiene 10 años de relacion de dependencia, y una inscripcion autonoma: y sus aportes serian asi:
1-1-76 al 31-12-85 relacion dependencia sijip................. 10 años
me faltarian 20
inscripcion real autonomo 9-87 al 9-06, pagos hecho luego del 93....... 5 meses
todo en moratoria en su categoria desde el 9-87 al 9-93 ................. 6 años y 1 mes
amplio situacion revicta 7-67 al 12-75....................................... 8 años 6 meses
todo me da: 25 años
no tengo forma de llegar a los 30
Entonces,lo pensaba presentar en anses, ellos lo van a rechazar e ir ante la cars pidiendo qe apliquen el principio de proporcionalidad
si a los 65 años de edad hay 47 años laborables y la ley exige 30 aportados
en en 57 años y 3 meses, tengo 39 años y 3 meses la proporcionalidad sería 25 años y 1 mes...
de esa forma llegaría.
estas de acuerdo o te parece que no es lo mejor.....
me interesa tu opinion....
por que en un curso, nos explicaron que se puede pagar al contado el año y medio anterior al fallecimiento y con eso la otorga anses directamente...
que opinas?
saludos
adriana
quote="ISIS"]
adriana escribió:Hola isis, como estas? gracias por responder, lamentablemente no llego a los 30 años por 3 años y medio aproximadamente.
asi que no le aplico dej y tampoco art.1...
es asi?
gracias
saludos
adriana
Adriana, no comprendo tu respuesta...como que lamentablemente no llegas a los 30 años? para iniciar la pension tenes que tener los 30...explica algo mas... :roll: :roll:[/quote]
 #588036  por ISIS
 
[quote="adriana"][Hola Isis, te cuento, de que se trata, este hombre falleció muy joven, en el año 2006. tenía 57 años 3 meses años.
el tema es que desde los 18 hasta el 9-93 tiene 10 años de relacion de dependencia, y una inscripcion autonoma: y sus aportes serian asi:
1-1-76 al 31-12-85 relacion dependencia sijip................. 10 años
me faltarian 20
inscripcion real autonomo 9-87 al 9-06, pagos hecho luego del 93....... 5 meses
todo en moratoria en su categoria desde el 9-87 al 9-93 ................. 6 años y 1 mes
amplio situacion revicta 7-67 al 12-75....................................... 8 años 6 meses
todo me da: 25 años
no tengo forma de llegar a los 30
Entonces,lo pensaba presentar en anses, ellos lo van a rechazar e ir ante la cars pidiendo qe apliquen el principio de proporcionalidad
si a los 65 años de edad hay 47 años laborables y la ley exige 30 aportados
en en 57 años y 3 meses, tengo 39 años y 3 meses la proporcionalidad sería 25 años y 1 mes...
de esa forma llegaría.
estas de acuerdo o te parece que no es lo mejor.....
me interesa tu opinion....
por que en un curso, nos explicaron que se puede pagar al contado el año y medio anterior al fallecimiento y con eso la otorga anses directamente...
que opinas?
En relacion a la proporcionalidad, las resoluciones de la carss favorables que he leido eran con aportes efectuados por el muertito...no comprados por moratoria, no creo que salga bien, no obstante espera otras opiniones...
En relacion a compar la regularidad...en mi opinion tampoco va, la regularidad no se compra... :roll: :?
Si no completas los 30 años, no podes aplicar la 25321...si son periodos posteriores al 9/93 si podes pedir aplicacion del dec.526.