Hola amigos. Estoy re mal con esto. Hoy recibí la denegatoria de un trámite de pension directa que inicie el año pasado. El titular fue mi cliente y el día del turno el hombre falleció con 65 años de edad (iba a iniciar jubilación con moratoria por Sicam). A los 6 meses mas o menos (luego de comunicarme varias veces con la viuda) ella decide pedir la pensión. Rechacé el plan anterior (por haberse acumulado varias cuotas sin pagar) e hice una nueva y diferente por ser una pension y no jubilacion. Se trataba de un aportante irregular con derecho: 12 meses de aportes dentro de los ultimos 60 anteriores al fallecimiento y completé con moratoria los 15 años de aportes requeridos, considerando como inscripción como autónomo la solicitud de clave fiscal y adhesión a moratoria que hizo en vida el causante y que además pagó la primer cuota. Aquí viene la cuestión (creo yo, porque tengo que ir y ver el expediente), solicité la aplicación de la circular 34/2008 donde se establecen varios casos que Anses tiene en cuenta al otorgar beneficios tanto de pension como de jubilación por considerar al fallecimiento como un caso fortuito. Además adjunté como prueba de inscripción autónomo: el plan de moratoria enviado en vida por el causante y ademas el ticket de pago de la primer cuota y el comprobante de solicitud de turno del causante, etc. Pero parece que no tuvieron en cuenta todo esto,o no sé. La dengatoria dice...que del analisis de las presentes actuaciones se deduce que le causante no era afiliado autónomo por lo cual no puede realizar moratoriaQué les parece? está mal lo que hice yo? interpreté mal la circular? La moratoria que hizo el causante en vida¿no se considera como inscripción autónomo?. Sería mi primer apelación a la CARSS, pierde el retroactivo la viuda? Qué me aconsejan según su experiencia? AYUDENME POR FAVOR, ESTOY DESORIENTADA. Desde ya les agradezco mucho

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI