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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #586193  por mfa
 
Queridos foristas:
Una vez más les consulto y les cuento que estoy por iniciar mi primera demanda de reajuste. Preparando el modelo del acta poder para presentar en primer lugar ante la anses y me surgió la pregunta de que si esta misma acta poder puedo y/o debo presentar ante el fuero judicial o es otro el poder?

Pido disculpa a los foristas expertos por mi ignorancia!
Saludos!
 #586303  por andrea97
 
hola! la carta poder de anses sólo te sirve para el reclamo administrativo. En la etapa judicial llevas a tu cliente al juzgado para que te firme un poder apud acta, a los fines de no generarle gastos, ya que también puede hacerlo mediante escribano!
suerte
 #586327  por gabrielrosel
 
Cuando te llegue la denegatoria de anses, vas con tu cliente a la camara federal de seg.ss (sector poderes) con una minuta poder (es un simple formulario que lo podes bajar de la pag del pjn) llenas tus datos y los del cliente organismo demandado (anses) y listo, te entregan un acta poder que la vas a adjuntar a la documental que presentes con la demanda el día que inicies. Tambien podés tramitar el poder por internet a través de la pagina del pjn.
Salu2!!!
 #586583  por mfa
 
Muchas gracias por sus respuestas! Fueron muy claras!
suerte! *suerte*