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 #585118  por marianalarra1
 
Hola! Una consulta a mis colegas más experimentados. Mi cliente va a firmar un contrato de locación y también un convenio de desocupación. Como lo va a hacer todo el mismo día y tiene que certificar las firmas por escribano, le aconsejé que ponga fecha de ayer de firma y ocupación del departamento y certifique hoy la firma del convenio, ya que esta es la que le servirá, en caso de ser necesario, como título ejecutivo. Es esto correcto? o llegado el caso el inquilino podría desconocer la firma del contrato aunque no la del convenio?
Las ayudas serán bienvenidas, cuanto antes mejor. Muchas gracias
Mariana
 #585130  por suntsu
 
Yo haría solamente el convenio explicando la preexistencia de un pacto verbal y certificando la firma.
No me cierra lo de hacer el contrato ayer para desocupar hoy.
Aclaro que no soy de los más experimentados
 #585195  por marianalarra1
 
Gracias suntsu, pero no es que desaloja hoy y empezó el contrato ayer. La fecha de contrato es de ayer y la fecha de desalojo es algunos días posterior a la finalización del contrato; es para que el convenio cumpla con la ley que dice que tiene que ser posterior a la firma y al ingreso en la propiedad ¿se entiende? Alguna otra ayuda?. Gracias
Mariana
 #585197  por josimag
 
Hola Mariana! Tenés que tener en cuenta que la certificación de firmas le otorga fecha cierta al documento, requisito para hacerlo valer judicialmente. No entendí qué quisiste decir con que le aconsejaste que "ponga fecha de ayer de firma y ocupación del departamento". Si es que sólo certificás las firmas en el convenio de desocupación y no en el contrato de locación, o cómo es la cuestión. Porque si existe diferencia entre la fecha que dice el contrato y la del sello y folio del escribano al certificar, sin dudas prevalece ésta última.
Contame así puedo colaborar un poco más, porque no estoy segura de haber entendido el fondo de tu planteo.

Saludos
Josefina
 #585204  por marianalarra1
 
Josefina, gracias por molestarte. Sí, es así, como tiene que firmar todo hoy, solo puede certificar la firma del convenio de desalojo, el contrato (que se hace con fecha de ayer) no tiene las certificaciones de firma. Entiendo que es más importante que certifique las firmas del convenio, que es el instrumento que va a ejecutar ¿estoy en lo cierto? Gracias
Mariana
 #585219  por josimag
 
Ahora entendí. Sí, me parece sensato lo que le aconsejaste.
Además, si en algún momento quieren certificar las firmas del contrato de locación, lo pueden hacer perfectamente más adelante. En ese caso, el escribano agregará en el mismo instrumento que a tal fecha, las partes vuelven a firmar a los efectos de certificárseles sus firmas, es decir que de surgir algún incoveniente con éste último, también podés estar cubierta.
 #585230  por marianalarra1
 
Uf, que alivio!, tenía muchas dudas y estaba con el tiempo ajustadísimo. O sea que respecto del contrato, en el futuro pueden certificar que firmaron en tal fecha anterior para darle certeza a la obligación?
Mil gracias Josefina!!!!, la solidaridad de las / los colegas me conmueve
Mariana
 #585243  por josimag
 
Jajaja de nada, nena!
Exacto. Por ejemplo, si firmaron el contrato ayer, 15 de julio de 2010, sin certificar las firmas y dentro de un tiempo (ej. 2 de agosto de 2010) por alguna razón quieren hacerlo, concurrirán a su escribano de confianza jaja y el mismo, consignará en todos los ejemplares que existan del contrato: Lugar, 2 de agosto de 2010 las partes vuelven a firmar a los efectos de certificar sus firmas. Y listo, tendrá fecha cierta.
Saludos y mucha suerte!