Hola. Escribo por que tengo una duda sobre un requisito que me piden en el Ministerio de Trabajo de Santiago del Estero, en relación a la intervención que tiene este organismo según la ley 24.013 (art. 114 último párrafo).-
Mi cliente fue despedido en forma arbitraria por el empleador, ante un reclamo laboral que el mismo hiciera para que lo registrara correctamente. Por supuesto que dicho despido fue rechazado mediante segundo Telegrama.-
Ahora bien, cuando se presenta en el ANSES para gestionar la prestación por desempleo (art. 111 y ss. Ley 24.013) lo derivan al Ministerio de Trabajo Provincial (Stago del Estero) para que intervengan y determinen si se encuentra en la denominada "situación legal de desempleo".-
Resulta que cuando va al Ministerio del Trabajo le piden entre otras cosas que tenga iniciada la demanda judicial.-
Si bien desde el punto de vista lógico y racional me parece absurdo ese recaudo, pues tiene 2 años para reclamar judicialmente. Y la verdad es que estábamos a punto de negociar extrajudicialmente con el empleador, por ello no esta presentada la demanda.
La duda es si alguien conoce alguna reglamentación que exija la demanda judicial??? - Perdón por lo absurdo de la pregunta, pero todo puede ser. Yo no encontré nada.
O si es mera facultad discrecional administrativa o practica usual exigir que este la demanda.-
Espero, que pese a la extensión del post, haya sido clara. Es la primera vez que pregunto. Les agradezco mucho.
Mi cliente fue despedido en forma arbitraria por el empleador, ante un reclamo laboral que el mismo hiciera para que lo registrara correctamente. Por supuesto que dicho despido fue rechazado mediante segundo Telegrama.-
Ahora bien, cuando se presenta en el ANSES para gestionar la prestación por desempleo (art. 111 y ss. Ley 24.013) lo derivan al Ministerio de Trabajo Provincial (Stago del Estero) para que intervengan y determinen si se encuentra en la denominada "situación legal de desempleo".-
Resulta que cuando va al Ministerio del Trabajo le piden entre otras cosas que tenga iniciada la demanda judicial.-
Si bien desde el punto de vista lógico y racional me parece absurdo ese recaudo, pues tiene 2 años para reclamar judicialmente. Y la verdad es que estábamos a punto de negociar extrajudicialmente con el empleador, por ello no esta presentada la demanda.
La duda es si alguien conoce alguna reglamentación que exija la demanda judicial??? - Perdón por lo absurdo de la pregunta, pero todo puede ser. Yo no encontré nada.
O si es mera facultad discrecional administrativa o practica usual exigir que este la demanda.-
Espero, que pese a la extensión del post, haya sido clara. Es la primera vez que pregunto. Les agradezco mucho.
