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  • Pericia medica desastroza. Impugno. Dudas.

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 #584137  por martins
 
DyP en CapFed por la actora. Estoy por concluir la etapa de prueba y tengo dudas con la pericial medica: la pericia medica fue un desastre, el perito dijo que mi cliente no tenia incapacidad, que estaba 10 puntos. Dice que no tiene actualmente limitacion de movilidad cervical, aunque en el periodo posterior al accidente hubiera sufrido dolor e incapacidad laboral por 20 dias.
Pedi explicaciones y contesto mas o menos lo mismo, que esta mejor que antes.
Dudas: Que hago? Puedo impugnar directamente, pedir nuevas explicaciones? Puedo enfocarme en esa incapacidad transitoria (segun el perito dijo) y que mensure la misma aunque no sea permanente?
Otra duda: Para impugnar y pedir nuevas explicaciones, tengo 5 dias desde que retiro su conetestacion? O puedo pedirlas igual despues?
 #584549  por rochicasla
 
martins escribió:DyP en CapFed por la actora. Estoy por concluir la etapa de prueba y tengo dudas con la pericial medica: la pericia medica fue un desastre, el perito dijo que mi cliente no tenia incapacidad, que estaba 10 puntos. Dice que no tiene actualmente limitacion de movilidad cervical, aunque en el periodo posterior al accidente hubiera sufrido dolor e incapacidad laboral por 20 dias.
Pedi explicaciones y contesto mas o menos lo mismo, que esta mejor que antes.
Dudas: Que hago? Puedo impugnar directamente, pedir nuevas explicaciones? Puedo enfocarme en esa incapacidad transitoria (segun el perito dijo) y que mensure la misma aunque no sea permanente?
Otra duda: Para impugnar y pedir nuevas explicaciones, tengo 5 dias desde que retiro su conetestacion? O puedo pedirlas igual despues?
Hola, si ya pediste explicaciones me imagino que en dicha oportunidad impugnaste....y si el perito vuelve a contestar lo mismo, una de dos, yo lo que haría es ver
1) si hay puntos que quedaron sin contestar, entonces pido nuevamente explicaciones "IMPUGNA- SOLICITA EXPLICACIONES"
2) Si contestó todo y mal para tu parte, impugnaría sin pedir explicaciones y para que V.S. lo tenga presente para su oportunidad, y luego manifiesto todo todo en la etapa de alegatos con la H.C que me imagino tendrás a tu favor y el resto de las pruebas.

Esto es porque el perito ya manifestó su postura y si fue mala para tu cliente, mal la va a revertir...OJO!, ES SÓLO UNA OPINIÓN...no conozco la causa del porque fue desastroza la misma....

Sí, tenes 5 días como bien dijiste.

Saludos
 #584591  por martins
 
Rochicasla, muchas gracias por responder.
Primero pedi explicaciones, luego impugne y subsidiariamente pedi nuevas explicaciones.
SI el perito dijo que el actor tuvo una convalecencia de 20 dias, en reposo, entonces al menos debera merituar la incapacidad transitoria, cosa que no hizo.
Se trata de un latigazo cervical, cuento con certif de atencion en guardia, varias placas, recetas. No mucho mas ya que se trata de una lesion leve; pero si en mediacion las cias pagan x$ por x incapacidad por minima que sea (obvio dependiendo de la cia) como es posible que el perito no fije nada.
Nunca me paso y empiezo a dudar si no arreglo algo con la cia...
Gracias y espero tu opinion.-
 #584611  por rochicasla
 
mmmmm...pensé que tenías resumen de historia clínica o algo más contundente, pedir nuevamente explicaciones no está mal, pero si ya te las dió y aun así no fue favorable, puede que ratifique en todo su pericia, y eso te puede jugar en contra y si no tenes más pruebas que una receta y rx hasta tendría cuidado con las costas...
Yo impugnaría sin pedir explicaciones y me explayaría al momento de alegar, contá con un médico amigo que pueda darte una mano.
Y por el tema de hablar con la cía...pegales un llamado a ver si pueden arreglar!!.

Suerte!, conta después que pasó!

Insisto, es sólo mi opinión, vos sabras en detalle la causa y evaluaras lo que creas mejor para tu cliente.
 #584717  por enzo fernando costa
 
Lamentablemente la formación de médicos legistas que tiene la mayoría de los peritos insaculados en el fuero civil conspira contra el criterio civil, precisamente, y valga la redundancia. A los legistas y médicos del trabajo se los forma para su desempeño, respectivamente, en los fueros penal y laboral. Aunque después la gran mayoría de legistas terminen haciendo un desempeño civil. Pero ya han quedado viciados por un enfoque aferrado a los baremos; y los baremos sirven para fines primariamente laborales y previsionales, donde hay que pronunciarse sobre un porcentaje de incapacidad. Lógico: el interés social en el mundo laboral y previsional está en acotar con firmeza las pretensiones, anclándolas en una realidad mensurable aquí y ahora.
Pero en materia de daños civiles, el dolor y el sufrimiento físico tienen de por sí un valor precipuo, y que es claramente otro que el daño moral. Aunque los signos y síntomas hayan desaparecido con el tratamiento y la rehabilitación, el daño ya se ha producido, puede ser justipreciado con cierto grado de certeza retrospectiva. Al desconocer esto, los peritos lamentablemente influyen sobre el criterio judicial, dándole la falsa impresión de que "aquí no ha pasado nada". Y no es así. Creo que ese es el criterio que tenés que desarrollar, y al que deben apuntar tus pedidos de explicaciones.
En cuanto a los plazos, si estás en un juzgado nacional, leete bien el art. 473 CPCC.
 #584803  por martins
 
rochicasla escribió:mmmmm...pensé que tenías resumen de historia clínica o algo más contundente, pedir nuevamente explicaciones no está mal, pero si ya te las dió y aun así no fue favorable, puede que ratifique en todo su pericia, y eso te puede jugar en contra y si no tenes más pruebas que una receta y rx hasta tendría cuidado con las costas...
Yo impugnaría sin pedir explicaciones y me explayaría al momento de alegar, contá con un médico amigo que pueda darte una mano.
Y por el tema de hablar con la cía...pegales un llamado a ver si pueden arreglar!!.

Suerte!, conta después que pasó!

Insisto, es sólo mi opinión, vos sabras en detalle la causa y evaluaras lo que creas mejor para tu cliente.
Gracias rochicasla por tu respuesta. Cuando hable de la cia me referia a que dudo si el perito arreglo algo con la cia para hacer una pericia como la que hizo. Yo con la cia trate en su momento y no acordamos.
 #584807  por martins
 
enzo fernando costa escribió:Lamentablemente la formación de médicos legistas que tiene la mayoría de los peritos insaculados en el fuero civil conspira contra el criterio civil, precisamente, y valga la redundancia. A los legistas y médicos del trabajo se los forma para su desempeño, respectivamente, en los fueros penal y laboral. Aunque después la gran mayoría de legistas terminen haciendo un desempeño civil. Pero ya han quedado viciados por un enfoque aferrado a los baremos; y los baremos sirven para fines primariamente laborales y previsionales, donde hay que pronunciarse sobre un porcentaje de incapacidad. Lógico: el interés social en el mundo laboral y previsional está en acotar con firmeza las pretensiones, anclándolas en una realidad mensurable aquí y ahora.
Pero en materia de daños civiles, el dolor y el sufrimiento físico tienen de por sí un valor precipuo, y que es claramente otro que el daño moral. Aunque los signos y síntomas hayan desaparecido con el tratamiento y la rehabilitación, el daño ya se ha producido, puede ser justipreciado con cierto grado de certeza retrospectiva. Al desconocer esto, los peritos lamentablemente influyen sobre el criterio judicial, dándole la falsa impresión de que "aquí no ha pasado nada". Y no es así. Creo que ese es el criterio que tenés que desarrollar, y al que deben apuntar tus pedidos de explicaciones.
En cuanto a los plazos, si estás en un juzgado nacional, leete bien el art. 473 CPCC.
Muchas gracias enzo por tu respuesta. Si, tengo presente el 473.
Estoy de acuerdo con vos. Por eso es que solicito mensure la incapacidad total transitoria, ya que dijo que estuvo convaleciente por 20 dias pero no mensuro inapacidad. Que mas podria decir?
Gracias nuevamente.-
 #584809  por antihique
 
La impugnacion no implica que sea sacada del expte la pericia, por eso se piden explicaciones.Tu punto de vista y el cuestionamiento de la pericia deberas hacerla en el alegato.
 #585351  por enzo fernando costa
 
Si no pusiste oportunamente consultor técnico, me temo que tendrás que atenerte al dictamen pericial. No veo otra que insistir para que se expida sobre los sufrimientos e impotencia física transitoria padecidos, y señalar su diferencia con el daño moral que eventualmente hayas invocado en tu demanda.