HOla! en una usucapion, en provincia tengo dos demandados rebeldes, y cdo me proveyeron la prueba, sobre la confesional, me pusieron: citese a al audiencia del día...., NOTIFIQUESE.
Entiendo que al estar rebeldes la notificación es ministerio ley, pero tengo miedo que llegue el día de la audiencia, y pierda la prueba por no haberlos citado.
Que hago?
Entiendo que al estar rebeldes la notificación es ministerio ley, pero tengo miedo que llegue el día de la audiencia, y pierda la prueba por no haberlos citado.
Que hago?
