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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #581085  por hugo2
 
ALEXIS2010 escribió:Pregunta de ignorante... yo ya tengo hecho el sicam de esta señora...
tiene que pagar la primera cuota para tramitarla por internet????
Alexis no abuses de la solidaridad de los compañeros, estas dudas las podes resolver leyendo los post.
 #581088  por ALEXIS2010
 
Tenés razón Hugo...
Muchas gracias a todos los que colaboraron con esta inquietud.
Ya les contaré la experiencia a ver si le sirve a otro
 #581090  por hugo2
 
ALEXIS2010 escribió:Tenés razón Hugo...
Muchas gracias a todos los que colaboraron con esta inquietud.
Ya les contaré la experiencia a ver si le sirve a otro
Es muy importante esta experiencia porque le puede servir a muchos.
Suerte.
 #581119  por fabidoc
 
Alexis, tenés que pagar la primer cuota y el sicam no tiene que tener más de 45 días. Si no, actualizalo.
 #581127  por alejandra01
 
RESPONDO YO.
quise presentar una jubi con sdm, y no pude porque la patrona de mi cliente le pagó el mes 6/2010 y nome avisaron nada. Cuando yo saqué turno y sábana no estaba el pago hecho. El dia del turno apareció, y me pidieron el tiket...
El iniciador me dijo: andá al afip, e "imputalo". Y me dijo que de esa forma queda el pago sin efecto, como si a uno le hubiera entrado el pago del cielo y en realidad nunca lo hubiera hecho.
Otra cosa es reafectarlo a otro período. Lo aclaro antes que pregunte algún mareado...
 #581132  por fabidoc
 
Hay que imputarlo o impugnarlo. Si yo a esta hora estoy media mareada :lol: :lol:
 #581184  por Aimael
 
con lo que dice Fabi volvemos al primer post jjajajaja a mi me parece jaja ojo me parece a mi, que si le pagaron sdm hace un tiempo eso tiene intereses ahora, si tiene intereses no pagados tiene deuda y en consecuencia cdo prsentas ese sicam no lo van a querer tomar porque tiene deuda, a menos como te dicen siempre: que me traigas los tickets de pagos! por otro lado me quede pensando con la respuesta de hugo si le aparecen sdm en el sicam es claro la fecha de cese es la del ultimo sdm q figura, pero si logra en el AFIP "impugnarlos" como dice Fabi al no figurar mas en el sicam le daria la posibilidad de ademas aplicar art 3! es algo similar a cuando tenes habilitada la opcion en el sicam de excluirlo de la liquidacion! yo empezaria por AFIP el no ya lo tenes!
 #582745  por ALEXIS2010
 
Sí, voy a hacerle casi a Fabidoc y comenzar por la AFIP... porque hablé con la señora y no está muy contenta de tener que pagar los intereses de un pago que hizo sin sentido... y todo lo que ya sabemos. Voy a ir a la AFIP a ver si tengo resultado.
Muchas gracias!
 #587361  por ALEXIS2010
 
Queridos foristas... he ido a la AFIP y me dijeron que no hay manera de anular los pagos... aunque el titular declare que desconoce los mismos, no se puede hacer... y más en este caso que son 10 meses (20+23).
Con lo cual le pedi a la señora que hable con su ex-abogado y le pida los tickets de pago. El tipo dice que no los encuentra, así que el caso se complica un poco más.
Con lo cual, pensé lo siguiente: Hago un sicam nuevo, incluyendo el SDM. Pago los intereses correspondiente (unos $800), y en la DDJJ pongo sólo la parte autónoma.
Total, entre la moratoria y el exceso de edad ya se jubila...es decir, no necesito presentar pruebas del SDM porque no necesito que se me reconozca... lo declaro y pago los intereses porque si no, estoy en falta... pero con todo pago espero que no haya problemas.
Uds qué opinan????
Muchas gracias