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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #579551  por elizcalifano
 
Quisiera saber si alguno sabe que hacer en el siguiente caso.
La empleadora es mi clienta, su empleada domestica no registra pagos desde 01/81 hsta 05/94, los cuales se hicieron en principio a Direccion Nacional de Recaudacion Previsional, luego a Instituto Nacional de Prev. Social y despues en el 93 a Regimen Nacional de Seg. Social, con un talon de DGi (empleadores). Los pagos estan todos a nombre de la empledora con su CUIT y cuenta.
Ella quiere arreglarle la situacion a su empleada ,que debe hacer?
 #579677  por peri1955
 
QUE HIZO? REALIZO PAGOS AUTONOMOS? COMO PUSISTE CON SU CUIT Y Nº CUENTA...SI ES ASI SE REALIZO LOS PAGOS POR ELLA MISMA...
SI EN SU MOMENTO SE INSCRIBIO EN LA EX CAJA COMERCIO COMO DADORA DE TRABAJO (CASAS PARTICULARES) Y REALIZO LOS PAGOS POR SU EMPLEADA DOMESTICA DEBIO HABER ENVIADO LAS DDJJ ANUALES. SINO LO HIZO SUPONGO DEBE TENER LOS COMPROBANTES DE PAGO Y EN ESE CASO LE HACE LA CERTIFICACION DE SERVICIOS Y CUANDO VERIFIQUEN MUESTRA LOS PAGOS QUE REALIZO COMO EMPLEADORA A LA EX CAJA DE COMERCIO. EN AQUELLA EPOCA TENIAS QUE TENER LIBRETA SANITARIA.
QUE ACOMPAÑE LOS COMPROBANTES DE PAGOS (COPIA CERTIFICADA) Y QUE LA EMPLEADORA HAGA UNA INFORMACION SUMARIA DECLARANDO DESDE CUANDO TIENE A SU EMPLEADA (A LO MEJOR EVITAS VERIFICACION) (LA INF.SUMARIA CON 2 TESTIGOS).
SUERTE
 #581519  por elizcalifano
 
Muchas gracias por la respuesta.
Si, averigué en Anses que por periodos anteriores a 04/2000 debe hacerle certificacion de servicios.
Saludos.