Querido foro: Un matrimonio sin hijos matrimoniales fallecìo en provincia Bs.As. Ella falleciò en 1988 (no se abriò sucesion hasta ahora) y el en 1998 (hay declaratoria) El unico inmueble se encuentra ocupado por un nieto natural de ella. Pregunta: Habiendo muerto en 1988 ¿Pueden los familiares de el marido fallecido abrir la sucesion de la fallecida y declarar a este nieto de ella en el sucesorio? ¿o tiene que abrir la sucesion de su abuela el nieto? ¿prescribieron los plazos? Ya que hay que poner la case en venta. Mil gracias a quien me pueda responder.
El inmueble ¿Era un bien propio o ganancial?
Me surge la duda porque,decís,que abrieron el sucesorio del esposo (fallecido después que la Sra.) y no la de ella,que falleció antes.
Si el bien fuera de carácter ganancial,se deben hacer ambas sucesiones.
