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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #578428  por ale_7500
 
Previsionales deAFIP me acaba de contestar mail de consulta: los intereses se pagan con el formulario 575.
REspecto de empezar de 2010 para atrás, me queda una duda: si le hago pagar, por ej 05.10 en 07.10 se temporáneo o extemporáneo? Digo que porque las circulares hacen diferencias entre ambas respecto de la probatoria
 #578686  por cristina
 
Todavia no presente ninguna con SDM desde que se armo todo este lio porque ya tenia mandados los Sicam pero no pedido el turno. Y ahora por lo que lei hay que darlo de bajaaa, lo peor es pagar la primer cuota y perder el retroactivo.
Ahora quiero saber lo siguiente, yo cargue en el Sicam los servicios SDM eso quiere decir que cuando hago el calculo ya el sistema me agrega en la cuenta esos servicios.?
Es decir junto con la cuota de moratoria ya estoy pagando el capital de SDM? y lo unico que tengo que pagar por separado son los intereses con el for 575.?
Gracias por sus respuestas.
 #578824  por juanci
 
Hice una prueba con un sdm pagando enero 2010, para un trabajador de mas de 16 horas, o sea 81,75 y pague los intereses con el 575 (896 + 051) pague lo que me salia en el detalle de deuda cerca de $,3,80 (yo pague $ 4,00 ) y hoy liquido nuevamente porque estaban los pagos y me dio DEUDA CERO.
Espero que sea una buena noticia , luego de lo del futbol.

Saludos
 #578861  por fabidoc
 
Gracias juanci!
 #579131  por fito657
 
En los de 81,75 me dijeron en anses y en afip que se pagan con el 102 y que con el 575 que se usa par completar el componente previsional se pagan los intereses del 575. Pero en adelante los de 55 se pagan los intereses con el 102.
 #579182  por ISIS
 
fito657 escribió:En los de 81,75 me dijeron en anses y en afip que se pagan con el 102 y que con el 575 que se usa par completar el componente previsional se pagan los intereses del 575. Pero en adelante los de 55 se pagan los intereses con el 102.
Antes de que surgiera todo este rollo de las circulares nuevas, los de $55 que eran de mas de 16 hs (en relacion de dependencia), en algunos casos de clientes que pagaron intereses, lo hicieron en el formulario 102...estoy refiriendome reitero, a mas de 16 hs.
 #579237  por monyzappa
 
Hola Juanci: los intereses te los calcula cuando cargas SDM en el sicam ? luego los pasa al for 575 ,haciendo un for para cada mes al cual le corresponde imputar el interes ?saludos!
 #579242  por hugo2
 
ISIS escribió:
fito657 escribió:En los de 81,75 me dijeron en anses y en afip que se pagan con el 102 y que con el 575 que se usa par completar el componente previsional se pagan los intereses del 575. Pero en adelante los de 55 se pagan los intereses con el 102.
Antes de que surgiera todo este rollo de las circulares nuevas, los de $55 que eran de mas de 16 hs (en relacion de dependencia), en algunos casos de clientes que pagaron intereses, lo hicieron en el formulario 102...estoy refiriendome reitero, a mas de 16 hs.
Lo que sucede ISIS es que si pagas textual el importe de intereses que te da el sicam en form 102 siempre te va a quedar con deuda, porque el sicam te da la deuda de intereses por los 35 de aporte previsional, y cuando estas pagando con el 102 estas pagando una parte de previsional y una parte de obra social.
 #579282  por juanci
 
monyzappa escribió:Hola Juanci: los intereses te los calcula cuando cargas SDM en el sicam ? luego los pasa al for 575 ,haciendo un for para cada mes al cual le corresponde imputar el interes ?saludos!
TAL CUAL.
 #579327  por fito657
 
Hola Hugo y Juanci, ahora está claro. Pero en los caso en adelante de personal que paga 81,75 (reales) cuando se atrasan, los intereses los pagan con el mismo 102 (rubro II) y cuando te dan el tickest de los intereses ves la parte discriminada que va a los 35 y la que va a la obra social.
 #579596  por monyzappa
 
juanci escribió:
monyzappa escribió:Hola Juanci: los intereses te los calcula cuando cargas SDM en el sicam ? luego los pasa al for 575 ,haciendo un for para cada mes al cual le corresponde imputar el interes ?saludos!
TAL CUAL.
Gracias Juanci , saludos
 #579923  por Pipi
 
Ya esta confirmado que se pagan con los 575??? Gracias!
 #580117  por Violetac
 
Hola a todos, soy nueva y tengo dudas respecto a lo siguiente: ¿Hay que liquidar el SDM, pagar, volver a liquidar para que dé cero y ahí recién podría ampliarse la situación de revista y adherir a la moratoria?
¿No puede hacerse una única liquidación de SDM y luego ingresar al plan de moratoria, hacer la situación ampliada y enviar el plan? Es decir, se iniciaría el trámite presentando todos los pagos de SDM por capital e interés (tomando como referencia el detalle de deuda) más la primera cuota de moratoria. ¿No está bien asi?
Muchas gracias a quien me oriente un poco...
 #580285  por SOL DE OTOí‘O
 
Tengo una jubilación inciada con SDM y de estado 15 pasó a estado 42. ¿que probabilidades haya que la rechacen? Están mandando inspectores para analizar a los dadores del trabajo???
 #580397  por NORMA
 
SOL DE OTOí‘O escribió:Tengo una jubilación inciada con SDM y de estado 15 pasó a estado 42. ¿que probabilidades haya que la rechacen? Están mandando inspectores para analizar a los dadores del trabajo???
Cuando estàn en estado 42 generalmente tienen el nùmero de beneficio,porque significa PRE-ACORDADO!!!SUERTE *flor*
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