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  • REAJUSTE DE JUBI CON MORATORIA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #578344  por Mauricia
 
Hola: A mi siempre me da diferencia si no cobra complemento al minimo, o este es inferior a $ 300, o si compraste los 12 años para atras y tiene relacion de dependencia especialmente a lo ultimo. Te aconsejo que hagas una liquidacion 1ro, pero sobre los montos de la CS (por el recalculo del inicial), es decir con el Administrativo a la vista.
 #578609  por andrea1982
 
No quiero contradecir a Mauricia en lo que dice, porque probablemente esté interpretando mal lo que ella escribió. Pero no importa en dónde compró con moratoria, asi sean o no los últimos 12 años. Porque en realidad, se toman si o si los últimos 10 años de relación de dependencia y se toma TODO lo de autonomos para el cálculo del haber inicial.
Yo lo que hago es cálculo todo, pero no reajustar la parte de autonomos, para que me de un valor más real, ya que creo que no correspondería reajuste por la parte de autonomos. Pero ese es mi criterio.
 #578642  por efernandez
 
Foristas, gracias por contestarme.
Pero lo que yo quiero saber es si, puedo iniciar juicio de reajuste de una jubilacion otorgada en el 2007, que aun le estan descontando la moratoria, o debo esperar que se cancele la moratoria y luego iniciar el jucio.
 #578722  por airis
 
efernandez escribió:Foristas, gracias por contestarme.
Pero lo que yo quiero saber es si, puedo iniciar juicio de reajuste de una jubilacion otorgada en el 2007, que aun le estan descontando la moratoria, o debo esperar que se cancele la moratoria y luego iniciar el jucio.
Hola efernandez, en mi modesta opinion, aparte de hacer el calculo como te dicen las foristas anteriores, no corresponde iniciarlo mientras esta pagando moratoria. Igual lee creo que en el post sobre el fallo Capa que hay unos comentarios de Sassani y Arielxxx que hablan del tema. Saludos.
 #578736  por celiaEsc
 
Coincido con AIRIS: no sólo porque está pagando aún la moratoria, sino que si compró 12 años, que es bastante, seguramente la confiscatoriedad no va a superar en mucho el 10% mínimo exigido para iniciar un reajuste, amén, que en el supuesto caso en que se aprobara el 82% móvil en el Congreso, esta jubilación por ser mínima va a obtener el reajuste automáticamente. Saludos