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 #577699  por Paris
 
Hola, colegas, quisiera saber qué porcentaje se paga en concepto de tasa de justicia en un sucesorio que tramita en Capital por un bien inmueble que está en provincia de Buenos Aires (sé que por sucesiones en capital se paga el 1,5% pero me confunde que en algunos casos vi que pagan el 0,75%). Alquien lo sabe??????
 #577709  por abogado1987
 
está normado en ...

ARTICULO 2º — A todas las actuaciones, cualquiera sea su naturaleza, susceptibles de apreciación pecuniaria se aplicará una tasa del TRES POR CIENTO (3%), siempre que esta ley u otra disposición legal no establezca una solución especial para el caso. Esta tasa se calculará sobre el valor del objeto litigioso que constituya la pretensión del obligado al pago según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 9º de la presente ley, con las modalidades y excepciones previstas por la misma.
ARTICULO 3º — La tasa se reducirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) en los siguientes supuestos: …
c) Juicios sucesorios;
ARTICULO 4º — Para la determinación de la tasa se tomarán en cuenta los siguientes montos: …
g) En los juicios sucesorios, el valor de los bienes que se transmitan, ubicados en jurisdicción nacional, que se determinará como lo establece en los incisos c) y d) del presente artículo.
En los supuestos de bienes ubicados en extraña jurisdicción, el valor establecido en el artículo 3º, inciso c) se reducirá a la mitad;
TASAS JUDICIALES
Ley Nº 23.898
 #577713  por Paris
 
GRACIAS, ABOGADO1987, TANTO POR LA EXACTITUD DE TU RESPUESTA COMO EN LA RAPIDEZ CON QUE ME RESPONDISTE. PARA LO QUE NECESITES SUELO ESTAR EN EL FORO DE FAMILIA. GRACIAS DE NUEVO. PARIS
 #577718  por Paris
 
sonicobcn escribió:No te olvides del 5% por lo bienes muebles...
Saludos...
Es el 5% sobre bienes muebles presuntos o el 10?
 #577772  por sonicobcn
 
Va un poco por criterio del juzgado... preguntá antes de pagar la tasa por las dudas...
La liquidacion la haces asi... por ejemplo de un bien inmueble valorado en $ 20.000 que se encuentra en Provincia de Buenos Aires tramitando la sucesion en Capital...

Valuacion fiscal del inmueble $ 20.000
Bienes muebles 5% 1.000
Total $ 21.000

Bueno pagas el 0,75% de $ 21.000 o sea $ 157.50

Si es que el juzgado te dice el %10 por lo muebles cambias la formula...


Saludos...
 #578086  por abogado1987
 
Paris escribió:GRACIAS, ABOGADO1987, TANTO POR LA EXACTITUD DE TU RESPUESTA COMO EN LA RAPIDEZ CON QUE ME RESPONDISTE. PARA LO QUE NECESITES SUELO ESTAR EN EL FORO DE FAMILIA. GRACIAS DE NUEVO. PARIS
Paris
Imagen
 #578273  por Paris
 
sonicobcn escribió:Va un poco por criterio del juzgado... preguntá antes de pagar la tasa por las dudas...
La liquidacion la haces asi... por ejemplo de un bien inmueble valorado en $ 20.000 que se encuentra en Provincia de Buenos Aires tramitando la sucesion en Capital...

Valuacion fiscal del inmueble $ 20.000
Bienes muebles 5% 1.000
Total $ 21.000

Bueno pagas el 0,75% de $ 21.000 o sea $ 157.50

Si es que el juzgado te dice el %10 por lo muebles cambias la formula...


Saludos...
Muchas gracias, Sonicobcn, clarísima tu explicación. Sabés, litigo siempre en provincia de Buenos Aires, de ahí mis dudas por la tasa de capital. Para lo que necesites en cuestiones de familia, estoy en el foro. Gracias de nuevo!
 #583568  por gabrielaroxana
 
hola que tal, soy nueva en esto del foro, tengo una duda con respecto a cuanto se paga de tasa de justicia en capital federal, por un juicio de escrituracion, el inmueble esta en provincia de buenos aires, y no se si se paga sobre la valuacion fiscal o sobre el valor del boleto.
desde ya gracias.-
 #583570  por gabrielaroxana
 
hola que tal, soy nueva en esto del foro, tengo una duda con respecto a cuanto se paga de tasa de justicia en capital federal, por un juicio de escrituracion, el inmueble esta en provincia de buenos aires, y no se si se paga sobre la valuacion fiscal o sobre el valor del boleto.
desde ya gracias.-
 #583571  por gabrielaroxana
 
hola que tal, soy nueva en esto del foro, tengo una duda con respecto a cuanto se paga de tasa de justicia en capital federal, por un juicio de escrituracion, el inmueble esta en provincia de buenos aires, y no se si se paga sobre la valuacion fiscal o sobre el valor del boleto.
desde ya gracias.-
 #583694  por abogado1987
 
A los efectos del pago de la tasa de justicia, en los juicios de escrituración, corresponde tomar como base la valuación fiscal del inmueble, si no existieran valuación, se liquidará de acuerdo al monto del contrato.-

conf. C.N.Civ., en pleno, marzo 31-1980, in re "Szames, Moisés c/ La Primera Caja Mercantil, Coop. De Crédito, Consumo, Edificación y Vivienda Ltda."
 #583718  por abogado_1987
 
abogado1987 escribió:A los efectos del pago de la tasa de justicia, en los juicios de escrituración, corresponde tomar como base la valuación fiscal del inmueble, si no existieran valuación, se liquidará de acuerdo al monto del contrato.-

conf. C.N.Civ., en pleno, marzo 31-1980, in re "Szames, Moisés c/ La Primera Caja Mercantil, Coop. De Crédito, Consumo, Edificación y Vivienda Ltda."
Publicado en La Ley, tomo 1980-B, página 258; Jurisprudencia Argentina, tomo 1980-
II, página 182; El Derecho, tomo 87, p página 548
Ver art. 4, inc. c), ley 23.898

Fallos Plenarios
Carpeta de Plenarios de la Cámara Civil - Año 1912-2009
http://www.ccc.pjn.gov.ar/