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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #577443  por zaza
 
una señora que se habia casado en uruguay habia hecho judicialmente un exequatur aqui en argentina para que sea valido ... ahora bien su esposo fallecio y fue al anses hacer su adp y le dijieron que no servia que tenia que traer testigos o sea le dieron el tratamiento de concubina para poder cobrar la pension ...
MI pregunta es la siguiente es correcto que la traten de concubina ??? para las leyes argentinas o esta casada legalmente aca ??? con el reconocimiento judicial que hizo o se equivoco el empleado del anses ???
La sentencia de reconocimiento esta inscripta en el registro como corresponde o sea que tiene un acta de matrmonio expedido por el registro civil .
alquien ha tenido alguna experiencia en esto???
 #577498  por turca1952
 
hola, si yo tuve un caso de un matrimonio chileno que acredito su matrimonio de chile, en la argentina en el año 1989, el fallecio y pude empezar la pension como matrimonio, esto fue en mardel, insisti y asesorate bien, porque a veces los empleados no saben mucho , trata de hablar con el coordinador de activos en la udai que te corresponde , estos son los idoneos porque son de hace muchos años, jefes, suerte
 #578062  por zaza
 
ok muchisimas gracias voy a insistir con eso porque para mi fue una barbaridad gracias nuevamente