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  • Reco en IPS necesario para jubilación en ANSeS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #565872  por Natali80
 
Hola a todos, los que leyeron mis posts del año pasado, notarán que aún sigo tramitando la jubilación que empecé en Julio de 2009 para un docente de la Pcia de Bs As que tiene 26 años de aportes para ANSeS (no docentes), con lo cual se jubila por esa caja. Ya tengo el cierre de cómputos de DIPREGEP e inicé a fines de mayo el reco en IPS, cuya resolución espero para pedir la jubilación en ANSeS...
En ésta última me dicen que presente un pronto despacho en IPS... qué me recomiendan los que tienen experiencia en ese Instituto???
Por otra parte ANSeS me dice que la pida como jubilación docente que es más beneficiosa económicamente hablando, es así??

Muchas gracias a quien pueda colaborar conmigo.
 #566084  por aboglp
 
Yo pediria el pronto despacho en ips, pero siempre estan bastante retrasados. Hice una automatica docente, que deberia haber empezado a cobrar y estan retrasados 2 meses asi que imaginate.
No podes iniciar en Anses y despues agregas el reco???? Te pregunto porque nunca me toco ninguna de anses aun.
 #566180  por periquita
 
aboglp escribió:Yo pediria el pronto despacho en ips, pero siempre estan bastante retrasados. Hice una automatica docente, que deberia haber empezado a cobrar y estan retrasados 2 meses asi que imaginate.
No podes iniciar en Anses y despues agregas el reco????
No, porque no cumple con los requisitos de aportes

Te pregunto porque nunca me toco ninguna de anses aun.
 #566181  por periquita
 
Natali80 escribió:Hola a todos, los que leyeron mis posts del año pasado, notarán que aún sigo tramitando la jubilación que empecé en Julio de 2009 para un docente de la Pcia de Bs As que tiene 26 años de aportes para ANSeS (no docentes), con lo cual se jubila por esa caja. Ya tengo el cierre de cómputos de DIPREGEP e inicé a fines de mayo el reco en IPS, cuya resolución espero para pedir la jubilación en ANSeS...
En ésta última me dicen que presente un pronto despacho en IPS... qué me recomiendan los que tienen experiencia en ese Instituto??? Hacelo, pero no lo va a acelerar mucho
Por otra parte ANSeS me dice que la pida como jubilación docente que es más beneficiosa económicamente hablando, es así?? En principio sí, depende del último cargo y de cuántos años docentes tiene en la provincia.

Muchas gracias a quien pueda colaborar conmigo.
Saludos
 #569387  por Natali80
 
Muchas gracias por la colaboración!
Ahora me dicen en AnSeS que no era necesario que espere el reco en IPS...No entiendo como me dejarían iniciar el trámite! tiene 26 años de aportes para esa caja, es decir, no llega a los 30! y después tiene 16 para IPS..
Alguno sabe si se puede prorratear?? O, con que fundamento podría iniciar la jubilación sin tener los alos de aportes comprobados requeridos? (30)

Gracias de nuevo.
 #576556  por sobefi
 
Natali80 escribió:Muchas gracias por la colaboración!
Ahora me dicen en AnSeS que no era necesario que espere el reco en IPS...No entiendo como me dejarían iniciar el trámite! tiene 26 años de aportes para esa caja, es decir, no llega a los 30! y después tiene 16 para IPS..
Alguno sabe si se puede prorratear?? O, con que fundamento podría iniciar la jubilación sin tener los alos de aportes comprobados requeridos? (30)

Gracias de nuevo.
Te harán adjuntar documentación de solicitud de RECO en IPS, y no deciden el expte hasta no estar resuelto lo de PROVINCIA. Si no tiene servicios simultaneos tiene 42 años.
 #576715  por periquita
 
Natali80 escribió:Muchas gracias por la colaboración!
Ahora me dicen en AnSeS que no era necesario que espere el reco en IPS...No entiendo como me dejarían iniciar el trámite! tiene 26 años de aportes para esa caja, es decir, no llega a los 30! y después tiene 16 para IPS..
Alguno sabe si se puede prorratear?? ¿prorratear qué?
O, con que fundamento podría iniciar la jubilación sin tener los alos de aportes comprobados requeridos? (30) ¿Podrá tal vez aplicar beneficios de exceso que edad o declaración jurada? Gracias de nuevo.