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  • CIRCULAR 30/10

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #576014  por susanac
 
SI , EL FORMULARIO ES EL 102 PERO SI VAS AL BANCO O AL PAGO FACIL TENES QUE DECIR QUE QUERES PAGAR CON EL FORMULARIO 1022
PORQUE TE SALE SOLO LOS 12 Y NO LOS 20 , YO QUE QUIEREN QUE LES DIGA , NO ME ANIMO TODAVIA TENGO 1 SEMANA MAS ESPERO TENGAMOS MEJORES NOVEDADES O POR LO MENOS QUE LA TENGAN MAS CLARA LOS QUE NOS TOMAN LOS TRAMITES ASI PODEMOS LLEVARLO LO MEJOR POSIBLE.
NI QUE HABLAR LA RTI O PENSIONES POR FALLECIMIENTO CON PAGOS EXTEMPORANEOS TIENEN MAS REQUISITOS Y EN MUCHAS UDAI NO LAS TOMAN Y EN OTRAS SI A PESAR QUE LA CIRCULAR DICE O CREO ENTENDER QUE SI SE PUEDEN TOMAR CON LOS REQUISITOS QUE ELLOS PONEN PERO SI DEBERIAN INICIARLAS SI NOS ATENEMOS A LO QUE NO PIDEN .- *leo*
 #576111  por bini
 
yo tengo el caso de una señora que junto a duras penas para pagar los 43 y los pago en febrero con la mala suerte que el cajero le imputo mal un pago que resien ahora sale en afip reimputado. el sicam que tenia era de 06/01/2010 por lo que esta vencido.- los sdm comprados son de 04/2000 hasta 03/2004 me quiero matar no se con que cara decirle a esta mujer que por una resolucion va a tener que pagar nooooooooo
 #576113  por fabidoc
 
EL tema de las reimputaciones consulten en las UDAI, porque hay algunas que los toman aunque luego esperen internamente que esté reflejada en el sistema.
 #576154  por Anita5
 
Hola a todos, les quiero comentar que calcule un sicam con sdm desde 11/2005 al 05/2010, la deuda que surge de intereses por esos periodos es de $ 2.999, pero si sumo manualmente todos los intereses, me da $ 450 mas que la del sicam.
Les paso a ustedes también? alguien sabe porque es la diferencia?
Gracias
 #576160  por Anita5
 
Perdón, me olvide de aclarar que tal vez la diferencia de $ 450 es la que hay que pagar como dijo alejandra01, con el form 102 por lo $12, calcular los intereses por cada mes en la pagina de afip a ver si da el mismo importe y el monto de intereses que surge del sicam $ 2.999 con el form 575, no estoy segura si es así, pero bueno, si alguien sabe por favor les pido que me avisen.
Gracias
 #576169  por Blackie10
 
Hola a todos! les cuento: hoy presenté en Moreno una jubi con SDM 04/2000 a 03/2005 pagados el 06/05, sicam enviado el 09/06 y turno solicitado el 20/06. Me rechazaron el trámite y la iniciadora me dijo que el pago de intereses se hace en el 575, dar de baja el sicam y recalcular con D89. Con respecto a la circular 30/10 todavía no la conocen. En definitiva me aconsejó que espere unos días para saber cómo se implementará esta ultima circular porque aun no han tomado ningun trámite con SDM aplicando las nuevas normativas. Quise iniciar bajo insistencia, pero me dijo que de todos modos me lo van a denegar despues.
 #576404  por alejandra01
 
Anita5. Con el F102 hay que pagar intereses sobre los $ 20. Por qué?:
mirá los ítem de un tiket que hayas pagado de $ 20. Verás que discrimina $ 12 por contrib de seg social, y $ 8 por aportes de obra social. Hasta ahí todo bien.
Pero cuando pagás los intereses sobre los 12, si mirás el formulario 102 al poner el monto de los intereses, no te deja saber si eso que estás pagando van para la parte de contribución de seguridad social, o sea, se imputan como intereses de los 12, o a la de aportes a la obra social.
Por ende, seguro te va o puede seguir dándote deuda en sicam.
Entonces mejor pagar intereses por los $ 20, que cancelará todo interés por todo concepto en el sicam, y además, le llevás al anses el tiket que cancela intereses por aportes, contribuciones e intereses como dice la resolución conjunta.

Anita5 escribió:Perdón, me olvide de aclarar que tal vez la diferencia de $ 450 es la que hay que pagar como dijo alejandra01, con el form 102 por lo $12, calcular los intereses por cada mes en la pagina de afip a ver si da el mismo importe y el monto de intereses que surge del sicam $ 2.999 con el form 575, no estoy segura si es así, pero bueno, si alguien sabe por favor les pido que me avisen.
Gracias
 #576421  por Anita5
 
Hola alejandra, gracias por contestar esta clarísima tu explicación, pero sigo sin entender porque es la diferencia entre lo que surge del sicam y lo que en realidad hay que pagar $450 mas.
Gracias
 #576453  por ale_7500
 
alejandra01 escribió:Anita5. Con el F102 hay que pagar intereses sobre los $ 20. Por qué?:
mirá los ítem de un tiket que hayas pagado de $ 20. Verás que discrimina $ 12 por contrib de seg social, y $ 8 por aportes de obra social. Hasta ahí todo bien.
Pero cuando pagás los intereses sobre los 12, si mirás el formulario 102 al poner el monto de los intereses, no te deja saber si eso que estás pagando van para la parte de contribución de seguridad social, o sea, se imputan como intereses de los 12, o a la de aportes a la obra social.
Por ende, seguro te va o puede seguir dándote deuda en sicam.
Entonces mejor pagar intereses por los $ 20, que cancelará todo interés por todo concepto en el sicam, y además, le llevás al anses el tiket que cancela intereses por aportes, contribuciones e intereses como dice la resolución conjunta.

Anita5 escribió:Perdón, me olvide de aclarar que tal vez la diferencia de $ 450 es la que hay que pagar como dijo alejandra01, con el form 102 por lo $12, calcular los intereses por cada mes en la pagina de afip a ver si da el mismo importe y el monto de intereses que surge del sicam $ 2.999 con el form 575, no estoy segura si es así, pero bueno, si alguien sabe por favor les pido que me avisen.
Gracias
Hola Alejandra:

Yo no entiendo porque hablan de recalcular intereses a partir de la pag del afip cuando los intereses surgen del propio SICAM. Para mí es como cuando uno le hace pagar deuda posterior a 09.93, o sea fuera de la 244476, la cual hay que pagar en efvo: ¿cómo hacemos?. Pues pasar el monto de capital e intereses a los formularios de la AFIP (166, 801 etc) y se pagan hasta la fecha de vto del pago sin moratoria (esa fecha que te salen en le sicam para pagar sin moratoria), se adjuntan al expte los tiques y volantes y listo.
En mi modesto entender con sdm será casi igual: 102 y 575 para capital como hasta ahora, seguiremos pagando 43 porque en el 102 no podemos poner $12.- LO que a mí no me queda claro es el formulario para los intereses: si el 102 o 575. Si nos atenemos a la ciruclar 30/10 (la cual yo copié en este mismo post) deberúa ser el 102, pero en esto coincido con Alejandra, el monto por intereses pago por 102 va a ir también para obra social, por eso -para mí- lo más lógico es pagar con el 575 (896 051) porque el monto que paguemos por 575 se imputará en su totalidad a seguridad social.
Luego con esos tiques, más los 102 y 575 más la declaración jurada se agrega al expte. El iniciador debe tildar que los montos del "detalle de deuda" coincidan con los tiques de pago.
Insisto el cálculo de intereses a través de la pagina de AFIP era para el sistema anterior: cuando sdm no era autónomo.
Igual yo ya hice la consulta a previsionales de AFIP por mail, alguien en este post sugirió que todos hagamos lo mismo, a fin que la AFIP o nos conteste ( y con eso pagamos más tranquilos) o saque una aclaratoria. La gente de Anses nada sabe sobre el tema de como cancelar las deudas de AFIP
 #576480  por fabidoc
 
Blackie10 escribió:Hola a todos! les cuento: hoy presenté en Moreno una jubi con SDM 04/2000 a 03/2005 pagados el 06/05, sicam enviado el 09/06 y turno solicitado el 20/06. Me rechazaron el trámite y la iniciadora me dijo que el pago de intereses se hace en el 575, dar de baja el sicam y recalcular con D89. Con respecto a la circular 30/10 todavía no la conocen. En definitiva me aconsejó que espere unos días para saber cómo se implementará esta ultima circular porque aun no han tomado ningun trámite con SDM aplicando las nuevas normativas. Quise iniciar bajo insistencia, pero me dijo que de todos modos me lo van a denegar despues.
Cómo que no la conocen :o si la están aplicando al rechazar el trámite.
 #576523  por alejandra01
 
Hola Alejandra:

Yo no entiendo porque hablan de recalcular intereses a partir de la pag del afip cuando los intereses surgen del propio SICAM. Para mí es como cuando uno le hace pagar deuda posterior a 09.93, o sea fuera de la 244476, la cual hay que pagar en efvo: ¿cómo hacemos?. Pues pasar el monto de capital e intereses a los formularios de la AFIP (166, 801 etc) y se pagan hasta la fecha de vto del pago sin moratoria (esa fecha que te salen en le sicam para pagar sin moratoria), se adjuntan al expte los tiques y volantes y listo.
En mi modesto entender con sdm será casi igual: 102 y 575 para capital como hasta ahora, seguiremos pagando 43 porque en el 102 no podemos poner $12.- LO que a mí no me queda claro es el formulario para los intereses: si el 102 o 575. Si nos atenemos a la ciruclar 30/10 (la cual yo copié en este mismo post) deberúa ser el 102, pero en esto coincido con Alejandra, el monto por intereses pago por 102 va a ir también para obra social, por eso -para mí- lo más lógico es pagar con el 575 (896 051) porque el monto que paguemos por 575 se imputará en su totalidad a seguridad social.
Luego con esos tiques, más los 102 y 575 más la declaración jurada se agrega al expte. El iniciador debe tildar que los montos del "detalle de deuda" coincidan con los tiques de pago.
Insisto el cálculo de intereses a través de la pagina de AFIP era para el sistema anterior: cuando sdm no era autónomo.
Igual yo ya hice la consulta a previsionales de AFIP por mail, alguien en este post sugirió que todos hagamos lo mismo, a fin que la AFIP o nos conteste ( y con eso pagamos más tranquilos) o saque una aclaratoria. La gente de Anses nada sabe sobre el tema de como cancelar las deudas de AFIP[/quote]


Mirá Ale. Tenés razón vos, yo, y muchos que opinan que les dijeron que se paga todo con el 575 porque nadie sabe nada en concreto. Es todo un tema, porque el iniciador de anses ayer me decía que se pagaban con 155, 166 o el 801. Y yo lo miraba como si el que me hablaba estuviera loco.
Lo que voy a hacer sanamente, es ir a pagar un período hoy, y cuando se acredite me saco la duda si limpió el sicam y listo. :D
 #576728  por Pipi
 
HOLA CHICOS! LES COMENTO... HOY ESTUVE EN UDAI PACIFICO... TENIA SICAM LIQUIDADO CON ANTERIORIDAD AL 17 Y PAGOS DE SDM QUE NO ERAN EXTEMPORANEOS, PERO LA SOLICITUD DE TURNO CON FECHA 25 DE JUNIO... NO ME LO ACEPTARON! ME DIJERON QUE TENGO QUE HACER UN SICAM NUEVO Y QUE TENGO QUE PAGAR LOS INTERESES, PERO QUE NO SABEN COMO!!! PORQUE LE CORRESPONDE A LA AFIP. QUISE INICIAR BAJO INSISTENCIA, CON UNA NOTA, EXPLICANDO QUE EL SICAM ERA ANTERIOR... Y ME DIJERON QUE LO HAGA... QUE AL DIA SIGUIENTE YA IBA A ESTAR RECHAZADO. QUE YA LO HABIN HECHO. ASI Q ME VOLVI CON TODOS LOS PAPELITOS A CASA... EN SAN MIGUEL SABEN COMO LO ESTAN TOMANDO? O EN JOSE C PAZ? O MALVINAS?
 #576733  por FLORCITA73
 
Pipi escribió:HOLA CHICOS! LES COMENTO... HOY ESTUVE EN UDAI PACIFICO... TENIA SICAM LIQUIDADO CON ANTERIORIDAD AL 17 Y PAGOS DE SDM QUE NO ERAN EXTEMPORANEOS, PERO LA SOLICITUD DE TURNO CON FECHA 25 DE JUNIO... NO ME LO ACEPTARON! ME DIJERON QUE TENGO QUE HACER UN SICAM NUEVO Y QUE TENGO QUE PAGAR LOS INTERESES, PERO QUE NO SABEN COMO!!! PORQUE LE CORRESPONDE A LA AFIP. QUISE INICIAR BAJO INSISTENCIA, CON UNA NOTA, EXPLICANDO QUE EL SICAM ERA ANTERIOR... Y ME DIJERON QUE LO HAGA... QUE AL DIA SIGUIENTE YA IBA A ESTAR RECHAZADO. QUE YA LO HABIN HECHO. ASI Q ME VOLVI CON TODOS LOS PAPELITOS A CASA... EN SAN MIGUEL SABEN COMO LO ESTAN TOMANDO? O EN JOSE C PAZ? O MALVINAS?

Pero un SDM con pagos contemporaneos y pagados en término no genera intereses..........
 #576735  por hugo2
 
FLORCITA73 escribió:
Pipi escribió:HOLA CHICOS! LES COMENTO... HOY ESTUVE EN UDAI PACIFICO... TENIA SICAM LIQUIDADO CON ANTERIORIDAD AL 17 Y PAGOS DE SDM QUE NO ERAN EXTEMPORANEOS, PERO LA SOLICITUD DE TURNO CON FECHA 25 DE JUNIO... NO ME LO ACEPTARON! ME DIJERON QUE TENGO QUE HACER UN SICAM NUEVO Y QUE TENGO QUE PAGAR LOS INTERESES, PERO QUE NO SABEN COMO!!! PORQUE LE CORRESPONDE A LA AFIP. QUISE INICIAR BAJO INSISTENCIA, CON UNA NOTA, EXPLICANDO QUE EL SICAM ERA ANTERIOR... Y ME DIJERON QUE LO HAGA... QUE AL DIA SIGUIENTE YA IBA A ESTAR RECHAZADO. QUE YA LO HABIN HECHO. ASI Q ME VOLVI CON TODOS LOS PAPELITOS A CASA... EN SAN MIGUEL SABEN COMO LO ESTAN TOMANDO? O EN JOSE C PAZ? O MALVINAS?

Pero un SDM con pagos contemporaneos y pagados en término no genera intereses..........
Vos lo dijistes FLORCITA, pagados en termino, hoy vi en el sicam de una persona que el patron le viene pagando desde hace varios años sdm deuda de intereses en casi todos los meses.
 #576746  por FLORCITA73
 
Si Hugo. Si te pasás aunque sea un dia del vencimiento, ya te genera interés. En este caso si habría necesidad de hacer un nuevo sicam. Pero sería hilar fino.... y eso es pedirle mucho a Anses ... :lol:
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