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 #573198  por Accursio1224
 
Hola, una vez mas recurro a la generosidad de ustedes, es por un tema de un accidente de tránsito, mi clienta es embestida por un vehículo, recibió un gran golpe pero aparentamente fue solo un susto, no tuvo ninguna lesión según los informes médicos. Despues de una semana del hecho se siente adolorida, una semana sin poder ir a la facu, le cuesta reconciliar el sueño ya que le viene la imagen del siniestro. En conclusión, en sede administrativa puedo reclamar algún tipo de indennizacíon, a pesar que no hubo una lesión física? Que monto puedo reclamar aprox? Escuché por ahí, que no me van a ofrecer nada ya que no hay una lesión fisica, y que el daño sicologico no le dan curso en el reclamo administrativo, que consejo me dan al respecto y por que monto hago el reclamo. Saludos para todos!!! VAMOS ARGENTINA!!!
 #573241  por abogado_1987
 
contactaría a un médico con experiencia en pericias judiciales a fin que examine a tu cliente ... (“síndrome subjetivo postconmocional” (Pierre Marie) ...

por montos indemnizatorios podés consultar en …

http://consultas.pjn.gov.ar/cuantificacion/civil/

La Base de Cuantificación de Daños comenzó a funcionar en el ámbito de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a partir del año 1988. La Base registra desde el año 1993 precedentes de daños a las personas – valor vida, incapacidad por lesiones físicas, psíquicas y estéticas, daño psicológico, tratamiento psicoterapéutico, gastos médicos por tratamientos futuros y daño moral- en casos de accidentes de tránsito, accidentes laborales y responsabilidad profesional médica. Desde el año 2002 se comenzaron a incorporar los restantes casos en que se reclaman daños y perjuicios (vg. incumplimiento contractual, cuestiones de vecindad, entidades financieras, divorcio, filiación, entre otros). La Base contiene una selección de precedentes de daños realizada según criterios fijados por la Cámara, los que se han ido modificando a través del tiempo conforme a las necesidades de los usuarios y a la evolución del derecho. Los datos de la base son sólo parámetros de referencia para el usuario, quien suministra los rangos de utilidad para la búsqueda deseada y el cruzamiento de la información, respecto de los montos indemnizatorios establecidos por las distintas Salas de la Cámara Civil en casos próximos o análogos, sin que fijen criterio jurisdiccional.
 #573242  por PsicologiaForense
 
Accursio1224 escribió:Hola, una vez mas recurro a la generosidad de ustedes, es por un tema de un accidente de tránsito, mi clienta es embestida por un vehículo, recibió un gran golpe pero aparentamente fue solo un susto, no tuvo ninguna lesión según los informes médicos. Despues de una semana del hecho se siente adolorida, una semana sin poder ir a la facu, le cuesta reconciliar el sueño ya que le viene la imagen del siniestro. En conclusión, en sede administrativa puedo reclamar algún tipo de indennizacíon, a pesar que no hubo una lesión física? Que monto puedo reclamar aprox? Escuché por ahí, que no me van a ofrecer nada ya que no hay una lesión fisica, y que el daño sicologico no le dan curso en el reclamo administrativo, que consejo me dan al respecto y por que monto hago el reclamo. Saludos para todos!!! VAMOS ARGENTINA!!!
Hola, parece que fue más que un susto, fue un trauma y el diagnópstico más probable es un trastorno por estrés postraumático, el cual implica seguramente lo que corresponda a un 25% de inc parcial y permanente con más unos $15.000 por gastos de tratamiento psicoterapéutico.
Por mi parte vi casos en los que pagaron por daño psíquico en sede administrativa, pero aún cuando ellos digan que no, el daño existe y se puede probar, con lo que seguramente por las buenas o por las malas van a terminar pagando.
Tal vez no sea una mala iudea que sepan que tu cliente no se va a quedar con lo que ellos digan y que sepan el monto que se les va a reclamar :mrgreen:

vamos vamos Argentinaaa, vamos vamos a ganaaaaar............ :D
 #573288  por matutemorais
 
Hola.. seguramente tiene certificados médicos y placas, tomografias.. etc... de las veces que se hizo atender, con eso te basta para ir a reclamar la zarasa de lesión.... te van a dar entre 4 y 8 lucas para arreglar... eso es lo común.
Lo que dicen por ahi más arriba de que te van a dar 25 % de incapacidad y 15.000 de tratamiento es una BARBARIDAD, que quiero entender se refiere a montos indemnizatorios q se podrían alcanzar en un juicio, no así en un arreglo extrajudicial.

Saludos.
 #573305  por Accursio1224
 
Gracias, gracias, gracias...!!! las 3 respuestas me sirvieron, ya sea para saber que reclamar, cuanto reclamar y en caso de negativa de la aseguradora en sede administrativa, que reclamar en sede judicial. Un abrazo para todos!!!
 #573466  por estudiodeabogada
 
TENGO UN CASO SEMEJANTE PERO NO LITIGO EN CAPITAL, POR ESO QUERIA SABER COMO TENGO QUE HACER PARA INICIAR EL RECLAMO POR VIA ADMINISTRATIVA EN CAPITAL TENIENDO EN CUENTA EL DOMICILIO DE LA COMPAÑIA DE SEGUROS PARA EVITAR DE UNA IR A JICIO SABIENDO LO LARGO Y TEDOSO QUE SON LOS JUICIOS POR DAÑOS. . GRACIAS!!!
 #573473  por sina
 
reclama a la cia aseguradora, y presentales un informe de un medico legista, yo trabajo con uno que es perito. Luego ellos tienen el tiempo para pensar cuanto te ofrecen y listo, arreglas, porque si no tenes lesiones no te pagan nada!!!!! y por daño psicologico tampoco. En juicio podes sacar mas, pero tenes un par de años para esperar.
 #573493  por PsicologiaForense
 
matutemorais escribió:Hola.. seguramente tiene certificados médicos y placas, tomografias.. etc... de las veces que se hizo atender, con eso te basta para ir a reclamar la zarasa de lesión.... te van a dar entre 4 y 8 lucas para arreglar... eso es lo común.
Lo que dicen por ahi más arriba de que te van a dar 25 % de incapacidad y 15.000 de tratamiento es una BARBARIDAD, que quiero entender se refiere a montos indemnizatorios q se podrían alcanzar en un juicio, no así en un arreglo extrajudicial.

Saludos.
Bueno yo no dije que le van a dar un 25% de inc y 15.000 extrajudicialmente, dije que eso es lo que correspondería por el diagnóstico de un PTSD. Cómo, cuándo y a quién cobrárselo ya es tarea del abogado y dependerá de cuál sea su estrategia. Yo aporto alguna idea y digo lo que sé que puede probarse, después cada uno verá cómo le conviene manejarlo. En ese sentido no creo haber dicho ninguna barbaridad y basta con leer algunas sentencias para ver que no es ninguna exageración. Saludos
 #575970  por moragalves
 
qué útiles son los comentarios de todos los participantes en el foro!!!
en mi caso, consulté porque a mi cliente le rechazaron en la cía.de seguros el reclamo que hicimos por haber sido embestido mientras iba en su bicicleta al trabajo....sé que tendré que litigar, no queda otra....lo que no tengo todavía claro son los montos, porque, al igual que ACCURSIO no tuvo lesiones físicas.... y no corresponde que intervnega un médico legista ya que eso sería fraguar la verdad....sí hubo destrucción total de la bici, (su medio de transporte ) el susto!!!!, y algunos magullones (hubo intervenci´n policial, ambulancia etc.) se les ocurre un monto??
muchas gracias,
mora
 #584937  por abogado_1987
 
moragalves escribió:qué útiles son los comentarios de todos los participantes en el foro!!!
en mi caso, consulté porque a mi cliente le rechazaron en la cía.de seguros el reclamo que hicimos por haber sido embestido mientras iba en su bicicleta al trabajo....sé que tendré que litigar, no queda otra....lo que no tengo todavía claro son los montos, porque, al igual que ACCURSIO no tuvo lesiones físicas.... y no corresponde que intervnega un médico legista ya que eso sería fraguar la verdad....sí hubo destrucción total de la bici, (su medio de transporte ) el susto!!!!, y algunos magullones (hubo intervenci´n policial, ambulancia etc.) se les ocurre un monto??
muchas gracias,
mora
contactaría a un médico con experiencia en pericias judiciales a fin que examine a tu cliente ... (“síndrome subjetivo postconmocional” (Pierre Marie) ...

por montos indemnizatorios podés consultar en …

http://consultas.pjn.gov.ar/cuantificacion/civil/

La Base de Cuantificación de Daños comenzó a funcionar en el ámbito de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a partir del año 1988. La Base registra desde el año 1993 precedentes de daños a las personas – valor vida, incapacidad por lesiones físicas, psíquicas y estéticas, daño psicológico, tratamiento psicoterapéutico, gastos médicos por tratamientos futuros y daño moral- en casos de accidentes de tránsito, accidentes laborales y responsabilidad profesional médica. Desde el año 2002 se comenzaron a incorporar los restantes casos en que se reclaman daños y perjuicios (vg. incumplimiento contractual, cuestiones de vecindad, entidades financieras, divorcio, filiación, entre otros). La Base contiene una selección de precedentes de daños realizada según criterios fijados por la Cámara, los que se han ido modificando a través del tiempo conforme a las necesidades de los usuarios y a la evolución del derecho. Los datos de la base son sólo parámetros de referencia para el usuario, quien suministra los rangos de utilidad para la búsqueda deseada y el cruzamiento de la información, respecto de los montos indemnizatorios establecidos por las distintas Salas de la Cámara Civil en casos próximos o análogos, sin que fijen criterio jurisdiccional.
 #586006  por maurimzp
 
Hola, pedi que revean el informe médico y si hacen lugar, que tu clienta haga hincapie en los padecimientos psquicos, que muchos consultores suelen indicarlo en sus dictamenes... de todas formas un punto de incapacidad simbolico se reconoce dependiendo la cía. Lo cierto es que el juicio no les conviene y seguramente te mejoraran la propuesta.- Pd: donde trabajo, la frase magica es: "prepareme la documental que iniciare juicio" y automaticamente hay mas plata.