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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #572744  por nati29
 
HOLA A TODOS LA SRA. TIENE 62 AÑOS
NACIO EL 18/10/1947
TIENE 1 AÑO Y 4 MESES DE ESXCEDENTE DE EDAD
TIENE 1 AÑO Y 3 MESES DE APORTES PAGADOS COMO AMA DE CASA , Q LE PAGARON EL AÑO PASADO Y TIENE PAGO DESDE 10,11 Y 12 DEL AÑO 2000 Y DEL 01 AL 12 DEL 2001.

YO LE ARME LA SITUACION DE REVISTA DE LA SIGUIENTE MANERA:
DESDE EL 11/1965 (q tenia 18 años) AL 04/1993 (Aqui le desconte los 1 año y 3 meses de aportes como ama de casa y tambien le desconte los 1 año y 4 meses de edad).

EL BENEFICIO LO ARME:
DESDE EL 10/1973 AL 09/1977 (4 AÑOS POR CESE EN 2001)

* SI ME PUEDEN AYUDAR LES ESTARE AGRADECIDA.
 #572751  por martagrossi
 
Disculpa soy MartA de Cndel. Suarez, pero en el tramo del Sicam no podes descontar el servicio Domestico , solo podes descontar el exceso de edad y tomar los años que correspondan de DDJJ segun la fecha de cese de actividades , tenes que conseguir que el total te suma 30 años de aportes, por lo tanto le haces pagar por fuera todos los mese necesarios de Serv, Domestico. Saludos
 #573059  por nati29
 
Hola Marta gracias por responder.
Te cuento como está la situacion de la Sra. a la fecha, ella se excede 2 años y 2 meses (del 09/1993) a esto le resto los 1 año y 4 meses de edad y solamente tendria que comprarle 10 meses de Serv. Domestico. PERO ELLA YA TIENE PAGO 1 AÑO Y 3 MESES DE SERV. DOMESTICO, OSEA QUE TIENE 5 MESES DE MÁS, PAGADOS ¿ ESO NO LE AFECTARIA? ESA ES LA DUDA Q TENGO.

- SI ME PODES ORIENTAR O ALGUIEN LO PUEDE HACER. GRACIAS.
 #573196  por MAG1948
 
martagrossi escribió:Disculpa soy MartA de Cndel. Suarez, pero en el tramo del Sicam no podes descontar el servicio Domestico , solo podes descontar el exceso de edad y tomar los años que correspondan de DDJJ segun la fecha de cese de actividades , tenes que conseguir que el total te suma 30 años de aportes, por lo tanto le haces pagar por fuera todos los mese necesarios de Serv, Domestico. Saludos
Marta a esta altura ya no va más por fuera la compra de Servicio Doméstico, debés incluirlo en el Sicam y pagar los correspondientes intereses, lee la Ley 25239 Serv.Doméstico Resolución Conjunta Afip/Anses Nª2848 y 466/2010 Circular GPA Nª 28/10,debés informarte bien antes de asesorar, porque sinó confundís y podés hacer obrar mal a quien pide una mano de buena fe para poder realizar un trámite como corresponde.-

Saludos *leo*
 #573231  por nati29
 
Hu! que buena la informacion MAG1948, voy a leer la Ley urgente, menos mal que pregunte, lo que pasa que hace unos meses vengo haciendo solo jubil. simples sin aportes y sin excedentes, no justifica que no esté informada, pero bueno, ahora lo voy a hacer y cualquier duda tendre que preguntar y gracias.
 #575310  por MAG1948
 
nati29 escribió:Hu! que buena la informacion MAG1948, voy a leer la Ley urgente, menos mal que pregunte, lo que pasa que hace unos meses vengo haciendo solo jubil. simples sin aportes y sin excedentes, no justifica que no esté informada, pero bueno, ahora lo voy a hacer y cualquier duda tendre que preguntar y gracias.
nati lo de estar "informada para asesorar bien"no era para vos, sino para la persona que te sujería los pasos a seguir (aclarado).-Si la sra.tiene los depósitos de SDM hechos te van aparecer en el detalle de pagos del Sicam. Si tenés pagos de más no importa, compras menos de moratoria.-Creo que comprabas hasta el año 1977 ¿no podés comprar en otras fechas que tenés períodos más baratos?

Saludos
 #575313  por MAG1948
 
MAG1948 escribió:
nati29 escribió:Hu! que buena la informacion MAG1948, voy a leer la Ley urgente, menos mal que pregunte, lo que pasa que hace unos meses vengo haciendo solo jubil. simples sin aportes y sin excedentes, no justifica que no esté informada, pero bueno, ahora lo voy a hacer y cualquier duda tendre que preguntar y gracias.
nati lo de estar "informada para asesorar bien"no era para vos, sino para la persona que te sujería los pasos a seguir (aclarado).-Si la sra.tiene los depósitos de SDM hechos te van aparecer en el detalle de pagos del Sicam. Si tenés pagos de más no importa, compras menos de moratoria.-Creo que comprabas hasta el año 1977 ¿no podés comprar en otras fechas que tenés períodos más baratos?

Saludos
Perdón no era "comprar" sinó aplicar Beneficio ,lo haría del 06/1977 al 09/1980 y lo que te falte 04/1984 al 09/1991,que son los períodos más caros.-
Suerte
 #575659  por nati29
 
HOLA MAG1948, NO HACIA FALTA ACLARAR YO TE HABIA ENTENDIDO.
LO QUE NO ENTIENDO COMO ME SUGERIS Q APLIQUE EL BENEFICIO? ¿O Q BENEFICIO QUERES Q APLIQUE?