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  • EXCEPCION DE POLIZA EN SEGURO... EXISTE???

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 #572351  por CLAUDIA70
 
Buenas foristas, les presento mi siguiente duda en un caso:
Es un accidente de transito donde el auto siniestrado se presento a su seguro y todo bien, va al seguro del que lo chocó y le dicen que no puede hacer nada xq su asegurado no hizo denuncia alguna ante la Cia.
En mediación la citada en garantía se exceptúa en eso: q la poliza estaba vigente pero su asegurado no hizo la denuncia; y la llaman "excepción de póliza".
Alguien me puede explicar en q consiste... y si se puede sortear de alguna manera?
Gracias
 #572458  por DoctorPiccafeces
 
Fijate el art. 118 "in fine" de la ley de seguros: el asegurador no podrá oponer defensas nacidas después del siniestro y lo que vos mencionás es un hecho omisivo entre el asegurado y su asegurador, posterior al siniestro -lo que lo hace recaer en la norma- y que, además, a vos te resulta inoponible porque se vincula con la relación jurídica entre tu contraparte y su asegurador.

Ello, por supus, sin perjuicio del derecho a repetición que luego tenga la compañía sobre su asegurado por cuestiones contractuales.

Yo atacaría por ese costado.

Exitos.
 #572678  por matutemorais
 
Maestro, eso se llama chamullo ... no existe la excepción de falta de denuncia o como sea que la quieran llamar, como bien se dice ut supra, no pueden oponer defensas posteriores al hecho..

Lo bueno que vas a poder sortearla, lo malo.. vas a tener que meter la demanda, y lo peor? explicarle al cliente!!! jaja

Saludos