Hola Colegas, nuevamente recurro a ustedes para solicitar su sabiduria... les cuento el caso es el siguiente, a mi cliente le iniciaron una ejecucion de un pagare de 1560 de cap... el juez ordeno una medida cautelar por 1560 más 800 de costas e intereses prov... no lo notificaron de la demanda, pero yo vi por internet que ya se lo iniciaron... el tema es que no quiere que le hagan efectivo el embargo para no tener problemas en el trabajo... estoy esperando que me diga el estudio que monto pretende para arreglar... ahora mi pregunta es si yo me presento y deposito los 1560 con más los 800 y solicito levantamiento de embargo, me lo darán? la otra parte se puede oponer? yo entiendo que me tiene que dar el levantamiento...
Por otro lado voy a tener que practicar liquidacion de intereses, alguien sabe si se aplica la pasiva o la activa?? buscando en una pag que arma las liquidaciones vi que hay varias tasas activas, alguien sabe cual se aplica???
Espero que me ayuden, la traba de embargo esta ordenada, es cuestion de suerte que la hagan efectiva o que se demoren en diligenciar el oficio...
MUCHAS GRACIAS!!!!
Por otro lado voy a tener que practicar liquidacion de intereses, alguien sabe si se aplica la pasiva o la activa?? buscando en una pag que arma las liquidaciones vi que hay varias tasas activas, alguien sabe cual se aplica???
Espero que me ayuden, la traba de embargo esta ordenada, es cuestion de suerte que la hagan efectiva o que se demoren en diligenciar el oficio...
MUCHAS GRACIAS!!!!
