hola colegas, solicito ayuda en lo siguiente: Mi clienta tiene beneficio de jubilacion, y ahora debo iniciar tramite de pension ante el fallecimiento de su marido, en anses me dicen que el monto de la pension tiene un tope, es asi? en base a q disposicion? desde ya gracias
Hola creo que son los topes de la ley 24463, sí, hay topes, hasta en la nueva ley de movilidad hay topes
Pero debería ganar mucho de pensión para que se lo aplicaran, y, de ser así, después puede presentar un reclamo administrativo y judicial, por la inconstitucionalidad de cualquiera de estos topes. Pero antes preguntale cuánto gana, para saber si se lo van a aplicar. Saludos
