Queria saber si pueden aportar algo sobre lo sigte:
A un hombe que tiene una jubilacion por ley 24476 se le muere la esposa. La sra tenia 32 años de aportes al fallecer en caja provincial de Formosa. El hombre quiere realizar la pension por los 32 años de aportes de la esposa fallecida Y en la caja de Prevision de Formosa le dicen que no le corresponde por que ya tiene un beneficio jubilatorio propio.
A mi entender ambos beneficios no son incompatibles y le corresponderia al esposo la pension que le debería pagar la caja provincial.-
Que opinan uds? hay otra solucion posible que no sea un amparo?
A un hombe que tiene una jubilacion por ley 24476 se le muere la esposa. La sra tenia 32 años de aportes al fallecer en caja provincial de Formosa. El hombre quiere realizar la pension por los 32 años de aportes de la esposa fallecida Y en la caja de Prevision de Formosa le dicen que no le corresponde por que ya tiene un beneficio jubilatorio propio.
A mi entender ambos beneficios no son incompatibles y le corresponderia al esposo la pension que le debería pagar la caja provincial.-
Que opinan uds? hay otra solucion posible que no sea un amparo?
