Lizzie escribió:Esto implicaría que no se pueden prescribir los períodos con deuda de monotributistas?No se prescriben, se renuncian.
Corríjanme, por favor. Gracias.
Lizzie escribió:Esto implicaría que no se pueden prescribir los períodos con deuda de monotributistas?No se prescriben, se renuncian.
Corríjanme, por favor. Gracias.
hugo2 escribió:NO SE PUEDE RENUNCIAR EN INICIO LA PARTE DE AUTONOMO,PARA LA PARTE DE AUTONOMO HAY QUE PRESENTAR LA DEUDA.Lizzie escribió:Esto implicaría que no se pueden prescribir los períodos con deuda de monotributistas?No se prescriben, se renuncian.
Corríjanme, por favor. Gracias.
benfer escribió:Resiju, podrias explicarlo un poco mejor? ¿se va a poder seguir aplicando la 25321 pero no para el cese ficto'? ¿a eso escuchaste que se refiere parte de las nuevas modificaciones? o directamente no se va a poder utilizar mas la norma?CLARO NO VA IR MAS EL CESE FICTO, O SEA APLICANDO PARA ESOS CASOS LA LEY 25321.
empedocles escribió:PARA CAMBIAR LA CATEGORIA APLIQUEN EL CASO CIMINO, PARA ALGUNOS AUTONOMOS VA A SERVIR.PICASSO08 escribió:ESTIMADOS FORISTAS!
Quisiera saber si algien tiene algo parecido a al rumor que les cuento y de ser asi quiere que lo comparta, desde ya que la intencion no es tirar bombas si no tratar de confirmar estas Noticias y en todo caso apurar algunos tramites, esto ya lo estoy haciendo
Entre el 8 y el 11 de Junio hubo diferentes reuniones en ANSES con los Encargados de UDAI y la intencion es hacer estos cambios.-
* Que en la opcion de turnos, figure asesoramiento y a la gente la ayuden a armar el expediente.- Asesoramiento, liquidación de SICAM si correspondiera, sacar turno, todo*
Que en SICAM no se pueda cambiar la actividad sino que haya que respetar las actividades prexistentes, no saben si se va a poder comprar periodos anteriores - Volvemos al PUC
* Que no se pueda hacer SICAM, la gente que no este inscripta con anterioridad al año .....? (A determinar), algo similares al tema de las pensiones - de eso no sé nada
* Que Servicio Domestico lo reformularian para pagarlo por sicam pero con todos los intereses.!!!!! si
y otra serie de cambios para ser mas estrictos con autonomos, y que no haya tanta inclusion previsional,
Desde ya esto lo hago con el fin de compartir informacion, si esto no queda en nada y es puro humo pido discupas, si a alguien le sirvio al momento de concretarse estos rumores, valio la intencion
Saludos a todos
MARIO1943 escribió:HOLA ALGO YA PUBLICO FABIDOC DE LA UDAI DE SAN ISIDRO, QUE LE COMENTARON ALGO DE LO QUE VOS PUBLICAS, LO UNICO QUE COINCIDE ES EN LA REUNION CON JEFES DE UDAI ,CAMBIOS EN SDM, QUE NO SE PUEDEN CAMBIAR LAS CATEGORIAS Y MODIFICACION CON EL ART. 1 LEY 25321, EVIDENTEMENTE CON LO QUE VOS ESTAS DICIENDO Y LO DE FABIDOC ALGO SE VIENE EN LOS PROXIMOS DIAS
fabidoc escribió:No van a sacar la moratoria, buscan que la cuota sea tan alta que el Estado va a disminuir las erogaciones que van al sistema. Y qué les va a quedar para pagar honorarios. Volveremos a las cómodas cuotas. No es grave de acuerdo a como se lo mire/color]
Aimael escribió:Te contestas y respondes sola, es el autoconsuelo Fabi! el yin y el yan chicos siempre de las cosas malas algo bueno sacamos! lo importante es q no estamos solos jajaja esto ya parece una novela de esas de la siesta! jajajA!
mariantonella escribió:respecto a los cambios de sdm y sicam nos comentaron en anses que en caso de pension e invalidez el dador de trabajo debera estar incripto como empleador y del sican ya no se podrá cambiar de categoria ,y respecto a periodos anteriores a la incripción debera hacerse en periodos ampliados(si es que se puede hacer) ,se viene el cambio..a no asustarse es para futuro...corolario: disminuirán los inicios de jubilaciones ...Disculpa, en que udai te lo dijeron?