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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #569481  por mbsmjj
 
hola una pregunta, en el caso de que un cliente quiera recovar un poder, el nuevo abogado tendra que notificarle al abogado anterior
de la revocacion? o con solo la firma del cliente es suficiente?, lo digo por el codigo de etica

gracias
 #569510  por fabidoc
 
EL Código de ética y los COlegios te indican que el abogado tiene que estar informado de la revocación. En materia previsional lo hace el cliente. En juicios yo le notifico al colega, independientemente de la revocación del mandato que haga el cliente.
 #569528  por mbsmjj
 
perfecto y otra pregunta, le corresponde honorarios por lo actuado hasta ahora?
 #569530  por mbsmjj
 
y como le notificas al colega?
 #569533  por GAVA
 
una pregunta y sin animo de ofender sos colega o cliente?? Si sos abogado no puedo creer que preguntes si le corresponde cobrar por el trabajo efectuado. Si sos un particular te recomiendo que concurras a ver a un abogado de confianza para que te asesore.
 #569539  por mbsmjj
 
me recibi hace poco, el tema es que ese abogado solo inicio la demanda, nada mas
 #569542  por GAVA
 
El juez le regulará por las tareas efectivamente efectuadas (valga la redundancia)
Es mi opinion, en SS es medular el planteo de la demanda, despues el tramite es bastante parecido en la mayoria de los casos, pero el Reclamo y la demanda fijan las bases del reclamo. Saludos
 #569551  por mbsmjj
 
y como se le notifica al colega, por cd?
 #569554  por Aimael
 
yo he mandado telegrama!
 #569791  por fabidoc
 
La notificación al colega se puede hacer a través del Colegio de Abogados al que pertenezcas o si te parece por CD.-
Los honorarios por lo actuado, lo regula el Juez en el momento oportuno.