Hola a todos los foristas, quería saber ya que tengo que iniciar una ejecución de honorarios en un alimentos de pcia., conociendo que el demandado nunca recibió las cédulas y siempre tuve que notificarlo bajo responsabilidad de la parte actora, (yo patrociné a la actora), la duda es, si tengo que diligenciar el mandamiento oportunamente, y el señor no se digna a recibirlo, tengo alguna alternativa para hacer efectiva la intimación? Gracias y saludos.
