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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #568540  por susana40
 
Hola foristas, de leer los post, tengo una pequeña gran duda, con respecto a jubilacion de 1 sra. que cumplio 62 años. ( F/Nac. 08/05/1948). Es ama de casa, y pago SDM desde mayo/2009 a mayo/2010, o sea 12 meses.
La fecha de cese, p aplic benefico seria 2010. y aplicaria 1 año de DDJJ ?
 #568541  por FLORCITA73
 
hola Susana:

Desde cese 2008 corresponde cero DJ.

saludos

Flor
 #568558  por alcirana
 
En mi opinión deberías comprar Moratoria por 23 años y 3 meses (06/1963 a 09/1993), 21 meses de SDM (04/2000 al 12/2001), artículo 3 correspoderían 4 años y por exceso de edad 1 año.
Pero soy novata, simplemente hago este aporte, escuchá otras opiniones. Suerte!
 #568598  por RocioG
 
susana40 escribió:Hola foristas, de leer los post, tengo una pequeña gran duda, con respecto a jubilacion de 1 sra. que cumplio 62 años. ( F/Nac. 08/05/1948). Es ama de casa, y pago SDM desde mayo/2009 a mayo/2010, o sea 12 meses.
La fecha de cese, p aplic benefico seria 2010. y aplicaria 1 año de DDJJ ?
Fecha de nacimiento: 05 / 1948
hOLA para mi seria de la siguiente forma:

18 años: 05/1966
edad: 62 años y un mes
Exceso de edad A JUNIO DE 2010: 2 años y un mes (25 meses)
1996 serian los 30 años
Art 19: un año y 5 meses (13 meses)
Fecha de cese 02/2001 (QUE YO LE TOMARIA)

SITUACION DE REVISTA:
06/1966 al 06/1994 28 AÑOS

BENEFICIOS: 2 años y seis meses de DDJJ (HASTA 12 DE 1968)

SDM:
Abril de 2000 a febrero de 2001 1 AÑO


25 AÑOS Y SEIS MESES PARA COMPRAR CON MORATORIA TENES
a eso le sumas: 2 años y 6 meses de DDJJ, un año de SDM y 1 año y 1 mes de Art 19= 30 años y un mes

CREO QUE PODRIA SER ASI... PERO TB SOY SUPER NOVATA.. ESPERA QUE TE DIGA ALGUIEN QUE SEPA BIEN...
IGUAL POR LO QUE LEI.. TU CLIENTA YA PAGO SDM 2009/2010, SIENDO EN ESTE ULTIMO AÑO ENTONCES LA FECHA DE CESE.. POR LO CUAL ddjj NO LE CORRESPONDERIA CREO...
SALUDOS, OJALA TE SIRVA..
 #568634  por RocioG
 
susana40 escribió:La Sra. compro desde 06/2009 a 05/2010 = 12 meses. y ahora? :?:

es que la moratoria de la ley24476 corresponde a los aportes personales devengados hasta el 30 de septiembre de 1993.
Los periodos posteriores a 10/1993 inclusive no pueden ser incluidos en el regimen de regularizacion vloluntaria de la ley 24446.
Para los periodos posteriores a 10/1993 se aplica la ley 25865.


si nacio en 05/1948 cumplió 18 años en 05/1966
desde 06/1966 a 09/1993 tenes 27 años y 3 meses para comprar por moratoria ley 24476....
como vos decis que ya compro SDM la fecha de cese ahora es: 05/2010...NO LE CORRESPONDE DECLARACION JURADA..perdio el beneficio!
ensima con un año no hace nada.. porque si se lo sumas.. le daria 28 años y 3 meses en total... pobre... quien le hizo comprar esos años de SDM??

igual espera que te conteste alguien mas.. yo te digo lo que leo y pienso pero no tengo practica... saludos.
 #568779  por susana40
 
Todo sirve.
Lo qye pierde es el beneficio, pero tiene 1 año de serv. -
y con la nueva circular, no vale pagar todo junto, menos retroactivo.
Tendria que esperar o pagar al contado la diferencia.?