Llegué a un arreglo en una sucesión y un heredero le va a ceder su parte a mi cliente. La idea es que este heredero le ceda su parte y mi cliente no reclame sobre otra propiedad que se va a heredar. Mi consulta es como me aseguro mis honorarios? puedo ponerlo en la cesión?? ya que a mi me pagarían con lo que resulte de la venta del bien...y mi cliente que aún o fue declarada heredera, tiene que pagar honorarios comunes de los demas profesionales intervinientes? ella renunciaría a su derecho a ser declarada heredera...entinedo que no llegó a utilizar los beneficios del trabajo realizado por los demás letrados intervinientes...
