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  • Mandamiento de lanzamiento

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 #543352  por DraSabri
 
Colegas, tengo que fijar fecha con el oficial para el desalojo. El inmueble (PH) tiene todos los muebles en el, por lo que mi cliente, actor, debera constituirse en depositario. Es mi primer desalojo efectivo, es decir, que llega esta instancia, y tengo muchas dudas:

1. Nos presentamos ese día que se fije, con el actor.
2. el oficial requerira seguro el servicio de un cerrajero para ingresar.
3. se levantara inventario de todos los bienes muebles que existan en la propiedad.
4. Mi cliente tendra que constituirse en depositario. puede hacerlo sin mudar los bienes en el momento? tiene si o si que llevarlos a un deposito, publico o privado? Por qué plazo esta obligado a conservar los bienes?

Espero me puedan ayudar!!
 #543721  por martha
 
Si, te presentas con tu cliente, vos llevas el cerrajero, que sea rapido para abrir, avisale que es una apertura judicial, en general, tambien llevan un flete para sacar las cosas y colocarlas en otro lado, todo eso que te quede en el acta, y tambien en que estado estan los objetos muebles, evitate problemas de futuro.
 #543918  por DraSabri
 
Hola Martha! muchas gracias por responderme!
OK lo del cerrajero. Cuando ya tenga fecha, me ocupo de conseguir uno.
Con respecto a lo del deposito:
-si o si hay que hacer la mudanza en el momento? Es decir, no puede mi cliente constituirse en depositario, levantamos el inventario de los bienes, como bien me decis, describiendo el estado en que se encuentran, y el luego si quiere mudarlos a un deposito o dice tener otro lugar donde llevarlos, que los mude en el futuro? o si o si tiene que ir a una isnittucion que especificamente reciba depositos? Perdon si es una pregunta muy basica, pero desconozco totalmente.
-por ultimo, cual es el plazo por el que esta obligado a mantener ese deposito?
 #544147  por martha
 
Mirá nunca tuve un caso asi, como la mayoria de los clientes buscan desocupar para arreglar y volver a alquilar, siempre en mis casos sacaron las cosas y la llevaron al galpon de fondo por decirlo de alguna forma.
Una vez tuve una situacion algo similar, y dejamos constancia que se guardarian en un guardamuebles por un plazo, ahora no recuerdo cuanto pero paso tres veces por semana por esa mudadora cuando voy a mi estudio de Provincia, dejamos constancia en el expediente, tal vez tenes que buscar jurisprudencia o doctrina sobre obligaciones del depositario judicial, creo que seria asi el termino de busqueda, me voy a fijar en mis archivos si encuentro te mando.
 #549278  por DraSabri
 
Hola!
Bueno, ya tenemos la certeza de que los muebles estan en el inmueble a desalojar. Hablamos con el oficial, y nos dijo que el cerrajero y la mudanza tienen que estar en el día y horario designado... y verdaderamente, es un "garron" llevar adelante el lanzamiento, porque en principio la toma de posesión debe ser libre de cosas y ocupantes. En la medida en que no se pida en el expte. otra cosa, la mudanza se tiene que hacer, y previo inventario se constituye en depositario.

Como letrada, tengo que estar durante toda la mudanza? puede llevar todo el día!! Hay que vaciar el depto de todos los muebles...
Ya alternativa de solucionarlo por las buenas no hay. No queda otro camino.

Por otro lado, con respecto al plazo, pensaba en que una vez que se lleve adelante la medida, presentar un escrito manifiestando que se ocnstituyo en depositario. Que dice que los bienes quedaran en tal lugar, y solicitar se fije plazo para el deposito.

Porque no encuentro si es que existe un plazo legal!
 #549330  por martha
 
La mudanza, dependerá de las cosas que tenga adentro, respecto del periodo de guarda, no encontré nada.
Tal vez el demandado quiera recuperar sus bienes muebles en breve y hago un ofrecimiento.
Tal vez puedas hacer la consulta en el Colegio Publico o donde estes matriculada.
 #566367  por libertador
 
Estimados, tengo un lanzamiento el viernes y el desalojado no tiene donde ir. Que hago con los muebles si no quiero pagar un depósito judicial????
 #566600  por DraSabri
 
Hola coelga! yo ya lleve a cabo mi desalojo, asi qe puedo pasarte algunso tips de mi experiencia...
En primer lugar, verifica que si es PH, no puede rompersela cerradura de acceso al edificio, solo la del departamento a desalojar,tene en cuenta entonces que tenes que contar con la llave, procurala de la administración, de algun vecino amigo... porque sino, el oficial va a pegar media vuelta e irse... por suerte a mi me toco uno super gaucho, que se banco todos nuestros contratiempos...
Por otro lado, nos exigia que el departamento estuviera identificado tal cual como el titulo de propiedad, es decir, tal cual como surge del mandamiento. Si ahi dice unidad funcional numero 15, la puerta del departamento debe ddecir eso, no letra J, ni tampoco solo el 15. Al menos este oficial no exigia (sse arreglo con un papelito en la puerta, en ausencia del oficial por supuesto ;O) La otra es incluir una formula en el amndamiento que los autorizados pueden designar o denunciar el domicilio (funciona solo en PH, no si es una casa a la calle que no tiene chapa municipal porque se la sacaron ese día...)
Por otro lado, para que pueda efectuarse la entrega de la posesion al actor, el inmueble a desalojar tiene que estar libre de bienes y ocupantes. Por lo que si, debera correr con los gatsos de sacar todos los muebles y llevarlos a un deposito... a no ser que se "arregle" con los ocupantes, que ellos se los lleven, firmen el acta, y en ese caso hacer que tu cliente zafe de constituirse en depositario de los mismso por el plazo que luego el juz determine (porque no hay uno legal)... Si se constituye en depositario, el garron tb es que hay que hacer inventario de todos y cada uno de los bienes... porque tu cliente sera responsable incluso por el estado de los mismos al momento en que se entreguen...

Cualquier peticion distinta a esto que te comento, tendrías que hacerla ante el juzgado, para que en el mandamiento te salga ordenado todo como queres llevar adelante la diligencia. Si el mandamiento no lo faculta fuiste en ese momento, el oficial no podrá hacer nada...

Son las cosas que puedo contarte de mi experienciafue mi primer lanzamiento, y todos los obtanculos que se me iban presentando por suerte los pude ir resolviendo... pero es bueno saberlo de antemano!

Creo que hay depositos publicos que no son caros... si averiguas eso despues me contas??? Suerte!
 #566879  por libertador
 
Colega, gracias por tus datos, pero mi cliente no quiere poner un peso, es más, ni los tiene para pagar un depósito.

Que alternativas me quedan? Dejar los bienes en la calle? Constituirme como depositario y en tal caso, los bienes quedan dentro del inmueble? hasta cuando?
 #566973  por DraSabri
 
yo te diria que pongas todo de manifiesto en el expediente, previo a que salga el mandamiento y se haga la medida... Los bienes en la calle no pueden quedar... se me ocurre que podrías pedir que se constituya en depositario en el mismo inmueble, atento la carencia de recursos para trasladarlos y abonar un deposito, y que el juez fije un plazo para que luego se desresponsabilice a tu cliente si el demandado no los retira... A mi otra alternativa no se me ocurre, espera la opinion de otros colegas sino...
 #1074952  por mapale0509
 
Hola! Tengo fecha de mandamiento de lanzamiento en unos dias, hable con el oficial de justicia y me dice que el no va a confeccionar el inventario. En ese caso si o si tendría que conseguir un escribano para que labre el inventario?!!!! no hay otra forma!!!?