es la primera vez que tengo un caso de estos. la nuera viuda sin hijos en sucesion de suegros se denuncia en la declaratoria. Yo iniciare ladeclaratoria a pedido de un cuñado de ella. La denuncio comolegataria de cuota en la declaratoria o no lanombro y que ella inicie luego un incidente? si tienen algun modelo les agradezco. Saludos y muchas gracias desde ya.
scarlet escribió:es la primera vez que tengo un caso de estos. la nuera viuda sin hijos en sucesion de suegros se denuncia en la declaratoria. Yo iniciare ladeclaratoria a pedido de un cuñado de ella. La denuncio comolegataria de cuota en la declaratoria o no lanombro y que ella inicie luego un incidente? si tienen algun modelo les agradezco. Saludos y muchas gracias desde ya.Pueden denunciarla en el sucesorio,pero una vez notificada,se presentará en el principal,no en un incidente.
Además,comparece en el sucesorio,no como legataria de cuota en la declaratoria;sino en virtud del derecho que le otorga el art.3576 bis CC:
3576 bis dice:
"La viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere hijos, o que si los tuvo no sobrevivieren en el momento en que se abrió la sucesión de los suegros, tendrá derecho a la cuarta parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en dichas sucesiones. Este derecho no podrá ser invocado por la mujer en los casos de los artículos 3573, 3574 y 3575."
La nuera viuda que hereda es la que no se volvió a casar después de enviudar, no estaba divorciada por su culpa ni había perdido el derecho hereditario respecto a su marido.
Además, debe no tener hijos, porque de tenerlos, heredan éstos en representación del padre pre-muerto
Un fallo plenario dice:
"La nuera viuda y sin hijos que sucede a sus suegros en los términos del art. 3576 bis del Cód. Civil, no tiene derecho a acrecer en caso de que no concurran otros herederos".CNCivil en Pleno. 29/8/93.
