Se me presenta un caso en donde, había jubilado a afiliado, cobro el 1º haber y falleció, antes del fallecimiento inicie un reclamo administrativo por diferencias de haberes... una vez fallecido inicie la pensión derivada de la Sra. la cual esta cobrando hace 1 año aproximadamente.
Ahora llega la desestimación del reclamo administrativo que inicie a nombre del causante...
La duda es, ¿esta legitimada la derechohabiente para iniciar la demanda? ¿Los 90 días los cuento desde que llego la notificación de la desestimación del reclamo o el mismo perdió efectividad con el fallecimiento del causante?
Ahora llega la desestimación del reclamo administrativo que inicie a nombre del causante...
La duda es, ¿esta legitimada la derechohabiente para iniciar la demanda? ¿Los 90 días los cuento desde que llego la notificación de la desestimación del reclamo o el mismo perdió efectividad con el fallecimiento del causante?
