Buenas tardes colegas,
Tengo el siguiente caso:
Mi cliente me comenta que alquilo una propiedad hace ya 8 meses, y en este tiempo han surgido vicios ocultos en la propiedad (problemas con el agua, gas, etc); el locador siempre promete arreglar los desperfectos pero nunca cumple, y por consiguiente y basandose en esto, cuando mi cliente tuvo problemas con la estufa que no funciono mas, dio aviso a la inmobiliaria que lleva el cobro de alquileres para que le avisen al locador, el mismo respondio que lo solucionaba ese dia o al siguiente, cosa que jamas paso. Por ende, mi cliente, al tener un bebe chiquito, hizo el arreglo correspondiente.
Se presenta al dia siguiente en la inmobiliaria para abonar lo que corresponde todos los meses, pero con la factura de un gasista matriculado el cual avala que se realizo esa reparacion por el monto x.
El problema surge aca: la inmobiliaria le da conocimiento al locador de esto, se niega a hacerse cargo del gasto alegando que el no lo autorizo (logicamente que si le corresponde, ya lo veamos como una reparacion urgente o como que no se hace cargo de sus obligaciones, dandole via libre a mi cliente para efectuar lo necesario sin autorizacion alguna, y luego imputandole los gastos). Luego tambien alego que no tuvo ni 48 hs para revisarlo, etc, siempre es una excusa diferente.
Entonces, en definitiva, mi cliente no pudo abonar los gastos del mes de junio, ya que en la inmobiliaria tienen ordenes del locador de no aceptar el pago salvo que sea el total. Para cubrir a mi cliente, decidi armar algun tipo de escrito para que firme la inmob y asi quede cubierta; mi duda surge aca: si hay incumplimiento por parte del locador con sus obligaciones de mantener la cosa y realizar las reparaciones correspondientes por desgaste, puedo alegar que se niega a aceptar el pago? (dado que no se lo puede obligar al acreedor a percibir pagos parciales) como lo encuadro para dejar asentado que si el pago era de 300 pesos (unicamente abona los impuestos, ya que abono el alquiler por adelantado de un año, y por eso el locador hace este tipo de cosas), solo abonara en efectivo 150, y los otro 150 corresponden que vayan a cargo del locador por mejoras (de urgencia o que no aparezca?) factura tal, realizado el trabajo por x, etc.
Gracias y espero sus respuestas.
Tengo el siguiente caso:
Mi cliente me comenta que alquilo una propiedad hace ya 8 meses, y en este tiempo han surgido vicios ocultos en la propiedad (problemas con el agua, gas, etc); el locador siempre promete arreglar los desperfectos pero nunca cumple, y por consiguiente y basandose en esto, cuando mi cliente tuvo problemas con la estufa que no funciono mas, dio aviso a la inmobiliaria que lleva el cobro de alquileres para que le avisen al locador, el mismo respondio que lo solucionaba ese dia o al siguiente, cosa que jamas paso. Por ende, mi cliente, al tener un bebe chiquito, hizo el arreglo correspondiente.
Se presenta al dia siguiente en la inmobiliaria para abonar lo que corresponde todos los meses, pero con la factura de un gasista matriculado el cual avala que se realizo esa reparacion por el monto x.
El problema surge aca: la inmobiliaria le da conocimiento al locador de esto, se niega a hacerse cargo del gasto alegando que el no lo autorizo (logicamente que si le corresponde, ya lo veamos como una reparacion urgente o como que no se hace cargo de sus obligaciones, dandole via libre a mi cliente para efectuar lo necesario sin autorizacion alguna, y luego imputandole los gastos). Luego tambien alego que no tuvo ni 48 hs para revisarlo, etc, siempre es una excusa diferente.
Entonces, en definitiva, mi cliente no pudo abonar los gastos del mes de junio, ya que en la inmobiliaria tienen ordenes del locador de no aceptar el pago salvo que sea el total. Para cubrir a mi cliente, decidi armar algun tipo de escrito para que firme la inmob y asi quede cubierta; mi duda surge aca: si hay incumplimiento por parte del locador con sus obligaciones de mantener la cosa y realizar las reparaciones correspondientes por desgaste, puedo alegar que se niega a aceptar el pago? (dado que no se lo puede obligar al acreedor a percibir pagos parciales) como lo encuadro para dejar asentado que si el pago era de 300 pesos (unicamente abona los impuestos, ya que abono el alquiler por adelantado de un año, y por eso el locador hace este tipo de cosas), solo abonara en efectivo 150, y los otro 150 corresponden que vayan a cargo del locador por mejoras (de urgencia o que no aparezca?) factura tal, realizado el trabajo por x, etc.
Gracias y espero sus respuestas.
