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  • SECLO ESPONTANEA VS CONCILIACION

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #562605  por AbogadoGustavo
 
Estimados los molesto con la siguiente consulta.
Yo voy por la empleadora, quien despidió incausadamente a un empleado.
El empleado antes de recibir el despido y atento a que no lo dejaron entrar intimó y luego se consideró despedido.
El tema es que la empleadora le envió la CD al domicilio denunciado (el tipo se mudo y no aviso)
El problema que se me presenta es que inició reclamo en el SECLO y cuando la abogada hablo conmigo y se dió cuenta que le van a pagar toda la liquidación final como corresponde me dice "NO SE COMO HACER PORQUE EL SECLO NO TE ACEPTA UNA ESPONTANEA LUEGO DE INICIADO UN RECLAMO".
Que puedo hacer? Concurro a la audiencia y concilio ahí, o hay otra salida??? HelP HelP.
Gracias a TODOS
 #562682  por AbogadoGustavo
 
Colegas tengo otra duda, Se puede reconvenir en conciliación laboral obligatoria?
Se puede pedir sortear conciliador para consignar liquidación final y certificado de aportes?
Gracias
Gustavo
 #562688  por Romina34
 
termina el tema en la conciliación y listo! es decir paga la indemnización y liquidación final y entregas los certificados, lo mismo que en la audiencia espontanea del SECLO.
pero ahora que los honorarios del conciliador y de su abogado (si pretende el 20%) los pague el empleado!! por bobo!!!!!!!! jajaja
saludos,
 #563076  por GU
 
Muchachos, acostumbrese a defender los honorarios de los colegas, porque son los honorarios de todos.

En esa situacion, si no me pagas el 20%, no concilio nada. Si la empresa le nego la entrada y lo despidio sin causa, y el trabajador inicio el SECLO antes de que la requerida pague la indemnizacion correspondiente... LOLA! El que juega con blancas, siempre tiene ventaja.

Igual no entendi bien los hechos. Porque si la empresa lo despidio, el trabajador no puede considerarse despedido. La extincion de la relacion laboral es una, no ambas.

Salutes!
 #563143  por Romina34
 
Entiendo que el empleado se apuró! y encima no cumplió comunicando a la empresa su nuevo domicilio.
El empleador no lo deja ingresar porque lo iba a despedir, seguramente pasó lo que pasa siempre, le dijo anda a tu casa que te llega la notificación, el empleado se apura y se manda a intimar, en lugar de esperar el despido. Cuando en realidad el empleador iba a comunicarle el despido, pero se demoró dado que se lo mando a un domicilio anterior, el empleado ya no vivía más ahí..
Ergo, no había conflicto, el empleado lo inventó.
Y si, yo como abogada del empleador si el abogado del empleado pretende el 20%, le digo al empleado ok, anda a juicio!
Saludos,
 #563147  por LUROLET
 
COMO ABOGADO DE LA PARTE EMPLEADORA TE CONVINE IR A CONCILIAR ANTE CONCILIADOR AUNQUE SEA MAS ONEROSO PARA LA EMPRESA POR LOS H° DEL CONCILiador Y NO EN ESPONTANEA YA QUE EL PRIMERO (ANTE CONCILIADOR) SE HOMOLOGA, LOS ESPONTANEOS SOLO SON REGISTRADOS POR EL SECLO.
saludos.
 #563154  por Romina34
 
LUROLET escribió:COMO ABOGADO DE LA PARTE EMPLEADORA TE CONVINE IR A CONCILIAR ANTE CONCILIADOR AUNQUE SEA MAS ONEROSO PARA LA EMPRESA POR LOS H° DEL CONCILiador Y NO EN ESPONTANEA YA QUE EL PRIMERO (ANTE CONCILIADOR) SE HOMOLOGA, LOS ESPONTANEOS SOLO SON REGISTRADOS POR EL SECLO.
saludos.
El SECLO homologa los acuerdos espontáneos, no lo hace (solo registrando) los acuerdos celebrados en ocasión de relaciones de trabajo no registradas.
Saludos,
 #563235  por GU
 
Romina34 escribió:Entiendo que el empleado se apuró! y encima no cumplió comunicando a la empresa su nuevo domicilio.
El empleador no lo deja ingresar porque lo iba a despedir, seguramente pasó lo que pasa siempre, le dijo anda a tu casa que te llega la notificación, el empleado se apura y se manda a intimar, en lugar de esperar el despido. Cuando en realidad el empleador iba a comunicarle el despido, pero se demoró dado que se lo mando a un domicilio anterior, el empleado ya no vivía más ahí..
Ergo, no había conflicto, el empleado lo inventó.
Y si, yo como abogada del empleador si el abogado del empleado pretende el 20%, le digo al empleado ok, anda a juicio!
Saludos,
Primero hay que saber en que orden se enviaron y recibieron (o no) las comunicaciones. Sin tener certeza, analicemos distintos supuestos.

Despues hay que analizar cada caso en concreto. Si el empleador notifico el despido en el domicilio no actualizado del trabajador, la responsabilidad es del trabajador por no haber denunciado el correcto y actual domicilio. El despido ya fue notificado, por lo que si esta CD llego antes que el despido indirecto, es el primero el que vale.

Aun asi, si llego primero la notificacion del despido, automaticamente se adeuda (en el respectivo plazo) los montos correspondientes. Si el empleado tuvo que iniciar acciones tendientes al cobro (intimacion, seclo), el problema es de la empresa que no lo consigno oportunamente. Aun para el caso de que la empresa se allane, por no haberlo consignado oportunamente, la parte trabajadora podra reclamar la 25323, todo ello con costas (generando mayores costos que pagarle el 20% al boga en conciliacion).

Segundo punto: Quien elige el medio, asume los riesgos del mismo. Si hubiera notificado mediante acta notarial, no corria este riesgo. Si la empresa decide despedir sin causa y sin otorgar el preaviso, corre ese riesgo, porque al negarle la entrada al trabajador este va a consultar un abogado. Que garantia tiene el trabajador de que la CD le va a llegar mas que la palabra de la contraparte? Una vez que el boga laburo, que cobre.

Ok... no me pagues el 20%, pero del 15% no me bajo!

Salutes!

Pd: Si me discutis una vez mas, bajo hasta el 10%, sino voy a juicio...
 #563252  por Romina34
 
jajajajajaja noooooooooooooooooooo GU!!!!!!!!!!! entendeme, jamas le discutí un honorario a un colega, no me gusta!
pero como en este caso a mi me parece que el empleado se apuro mal, innecesariamente, no se, tenes que estar ante un empleador que haya demostrado muy mala fe, pero si así no fue, con retirarte y esperar al otro día que te llegue la notificación listo! va no se... quizá me equivoque, pero sigo insistiendo que lo hizo de liero!
entonces pienso... que el 20% de honorarios (cuando no estaba en discución la indemnización y liquidación porque el empleador iba a pagarlos) me parece como medio mucho, aprobechar una veta donde no hubo real trabajo, real defensa de los derechos del trabajador que hayan sido amenzados, no me parece...
además, porque notificar por acta notarial? el empleador cumple bien notiifcando por CD al domicilio del empleado, si este lo cambio y no avisó no podrá, despues, alegar a me hubieras notificado vía acta!
igual mi comentario es solo de intercambio de ideas, para nada quiero confrontar con ud colega!
Saludos!!
 #563253  por Romina34
 
APROVECHAR VA CON V!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :o PERDÓNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNNN
JAJAJAJA
 #563463  por Romina34
 
:wink:
 #564777  por AbogadoGustavo
 
Bueno Chicos, me gustó la discusión sobre los honorarios de los colegas, pero la premisa fundamental es:
1) Asesorar bien a nuestro cliente, luego,
2) Defender nuestros honorarios y obviamente eso incluye a los del colega de la contra parte.

Para aclarar un poco, es verdad que quien elige el medio soporta el riesgo, pero, si el empleado no actualiza debidamente el domicilio es quien tiene la responsabilidad de la notificación.

En este caso el 26 de Mayo se envió la notificación y el 27 de Mayo llego al domicilio y se desconoció. (Ahí quedó concluida la notificación)
Ese mismo 27/05 sabiendo que le había enviado una CD la empleada intimó para aclarar y el lunes (es decir el 31/5) sin esperar respuesta ni nada se considera despedida y va al seclo a iniciar un reclamo. (se quiso avivar, nada más).

Bueno así las cosas, creo que concilio en la primera audiencia y listo (pago el conciliador y el 10% al colega).

Gracias a todos por interesarse. :wink:
 #564782  por Romina34
 
Claro es como supuse, lo hizo de puro conflictiva!!! ahora que se aguante ella las consecuencias de su apresuramiento!
Saludos,