Queridos foristas: Tengo una duda. Por favor, si alguien me puede ayudar:
cuando voy a la cámara de Seguridad Social, a firmar las actas poderes, con los beneficiarios para iniciar un reajuste ¿se considera que lo envié por web???
El sr. lo firmó y, yo iba a presentar pero como es contador y perito, quizo que le diera un tiempo para revisarlo, le envié los archivos por mail, "se enfermó", y se negó a que lo presentara hasta que me hiciera las objeciones, por fin lo hizo, nada relevante.
Hoy me doy cuenta que el poder ya se pasó de los 33 días. En la web dice:
"""Período de validez de los poderes
Los poderes ingresados Vía Web se consideraran habilitados y validos a partir del momento en que el poderdante acredita su identidad en la Oficina de Poderes, teniendo 30 días corridos para realizar el trámite""
¿entonces lo tengo que llevar a firmar de nuevo? Muchas gracias desde ya. Saludos
Celia