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  • Conviviente sin pruebas ¿qué puedo hacer?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #560867  por tinker
 
Es una sra. que convivió con el causante 43 años, tuvieron un hijo que hoy tiene 40 años, vivieron siempre en capital. Primero en una casa propia y después en la casa de un hermano del causante. En el momento del fallecimiento el sr.tenía el último domicilio, la sra. tenía el domicilio anterior, ella era jubilada y necesitaba tratamiento médico y como está cuidando dos chiquitos que viven en Lomas de Zamora y trabaja desde las 7.30 a 18 hs se le ocurrió cambiar su domicilio hace un año y medio a Lanús a la casa de una prima para poder tener un médico en la zona sur como así tambien si tuviese que hacerse algún estudio ya que mientras los nenes están en el cole ella queda libre para lo que necesite. Fallece el conviviente jubilado, ella inicia su pensión y se la deniegan porque de las pruebas que obran en el expediente ella no convivió los últimos dos años. Lamentablemente la sra. no tiene ninguna prueba de las que sabemos acompañar en estos casos pero puedo acompañar testimonial de los dos hermanos del causante especialmente el del domicilio donde ellos vivieron que es el mismo donde ella vive en la actualidad. Hay constancia del trámite de Chacarita de la cremación. Yo quisiera solicitar a la Udai la constatación de domicilio ya que no hicieron la verificación ni en el domicilio que figura en el documento ni en el domicilio que ella manifiesta tener, entonces,¿ yo tendría que pedir una reapertura administrativa o podría plantear un error material por no haberse realizado la verificación correspondiente? Desde ya muchas gracias.
 #560873  por fabidoc
 
SI vas a agregar nuevas pruebas, debería ser a través de una reapertura administrativa. Los gastos de sepelio los cobró la Sra.?, era apoderada para el cobro en el beneficio del concubino? En cuanto al domicilio, no hay nada que llegue a nombre de la Sra.? La presentación de la escritura de la propiedad donde figura que el hermano es el dueño y una testimonial de esta persona diciendo que la Sra. vive allí.
Acordate que de la merituación de "toda" la prueba legales de la UDAI toma una decisión. Y, en este caso, lo fundamental son los últimos 2 años. La ambiental también la podés solicitar.
Si considerás que estuvo mal denegado, seguí con los recursos pertinentes.
 #561120  por fabidoc
 
molinag escribió:Como no va a tener prueba suficiente? y el hijo?
jaja, eso seguramente ya lo presentaron. O quiero creerlo :roll:
 #561147  por noelin
 
LO Q PASA ES Q HAY Q ACREDITAR Q CONVIVIERON HASTA EL DECESO DEL CAUSANTE, LA CONVIVENCIA QUIZA LA ACREDITARON PERO NO Q SUBSISTIO HASTA LA MUERTE. LO Q DICE FABI, SI EL CAUSANTE ESTUVO ENFERMO, QUIEN FIGURACOMO FLIAR. EN LA HIST.CLINICA, COMPRAS EN COMUN, REMEDIOS EN LA FARMACIA, EN EL PAMI NO FIGURABAN UNO EN EL DEL OTRO??? SI UNO SE JUBILO ANTES , DEBE HABER DECLARADO AL OTRO COMO CONVIVIENTE. SI LA SRA. TENIA CELULAR O TARJETA DE CREDITO A Q DOMICILIO LE LLEGABAN LAS FACTURAS??? TODOS LOS GASTOS DEL SEPELIO, QUIEN LOS PAGO??' QUYIEN FIRMO FACTURA DE ESOS GASTOS??? Y LOS DE ULTIMA ENFERMEDAD????? SON IDEAS Q TIRO, ALGO DEBE HABER. ESO SALE DE UNA ESCRUPULOSA REQUISITORIA CON LA SRA. O HIJO. SIEMPRE SALE ALGO. SUERTE!!
 #561212  por tinker
 
Antes que nada muchas gracias por contestarme. Sí tenemos el título del hermano y la testimonial tambien del otro hermano (eran trillizos con el causante. El Sr. murió sorpresivamente. En el domicilio, llegó una ambulancia que lo trasladó con su hermano a la clínica Favaloro y allí falleció. La Sra. estaba trabajando cuando llegó a la clínica él estaba muy grave y fallece. Todo se registro y quién firmó fue el hermano. No hay ninguna factura de servicios ni celulares ni médicos ni apoderada, ella se jubiló primero así que tenía Pami. Ninguno se apoderó del otro. Algunas cosas tienen respecto de la propiedad que ellos compraron en 1995 y a tiempo los desalojaron. Ella tuvo ese domicilio hasta que hace un año y medio lo cambió a Lanús. Pero a la Udai le tenés que demostrar que ellos convivieron los dos últimos años. ¡Estoy en el horno! Pero me queda la constatación de domicilio que es una verdadera prueba. Si planteo error material podré agregar alguito de prueba? Muchísimas gracias.