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  • plazo fijo-corralito-desorientada

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 #559645  por aboglp
 
Hola, estoy teniendo mis primeras consultas y algunas me dejan media descolocada sobre lo que hacer.
En esta ocasion se presenta un cliente- jefe de un banco- comentando que tiene un dinero en dolares que le ha quedado inmovilizado y nunca antes ha hecho presentacion ni reclamo alguno. Por otro lado me comenta que conoce que en la practica bancaria se presenta un escrito en la gerencia pidiendo la liberacion de los fondos. Es esto asi?!!!
Como procedo para que le devuelvan el dinero mas los intereses??? Se puede aplicar el fallo massa???
Tengo que iniciar una accion judicial???
Si alguno tiene una soga que me la tire jajajja graciassssss
 #559667  por paulinas
 
Mira, yo creo que no es asi.- Primero : si el dinero quedo todos estos años inmovilizados, el banco le abrio una cuenta donde le reprogramaron el deposito que en principio se pesifico a 1,40 y le fue generando intereses y supuestamente lo tiene liberado para disponer con su sola presentacion por ventanilla y dni, o bien con la tarjeta por cajero-al no haber presentado recurso de amparo no esta bloqueda la cuenta.-
2) la aplicacion del caso massa es solo -creo- para procesos judiciales , no se puede invocar su aplicacion en arreglos extraj- Ademas puntualmente dice el fallo como se reintegra ese deposite en dolares; 1,40 mas CER con mas el 4 x mil anual no acumulable CON EL LIMITE DEL VALOR DEL DOLAR.-. Bueno no se espero que algo te sirva, justo tengo que cortar, despues sigo opinando.-saludos
 #559684  por aboglp
 
Gracias por la pronta respuesta.
Se trata de un plazo fijo en dolares, los cuales no siguieron generando intereses-segun refiere él.
Buscando el foro viejos post, encontre una situacion parecida donde le respondian esto: Presenta una nota a legales del banco con copia del certificado de plazo fijo que tenias y tu DNI e intimalos a que te devuelvan el deposito segun el "fallo Masa". Si nunca cobraste ademas de la cuenta de custodia debes tener alguna caja de ahorros donde los cedros (es en lo que se transformo tu plazo fijo) se deben amortizar es decir se debe haber acreditado la parte proporcional de capital y de rentas.
Si no te dan una respuesta, carta documento

Los comentarios posteriores afirman esta idea.

EL lunes voy al banco a averiguar, pero si alguno tiene una idea mas !!!

Gracias!