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 #556156  por Ena
 
Buenas tardes, les hago una consulta. Estoy con el tema de una sentencia de divorcio en el extranjero tratando de conseguir el apostillado y demás.

Mi duda es que la sentencia se ha dictado en Francia y quiero iniciar un exequatur para poder inscribirla en Argentina pero el tema es que en la sentencia se establece un monto por daños y perjuicios (mi cliente es el marido y la esposa es quien hizo el divorcio por abandono de hogar y dejarla en una situación precaria) y quiero saber si al ejecutar la sentencia en el tribunal argentino me van a pedir el pago de los daños y perjuicios establecidos por el tribunal francés... Si alguien me puede decir como se articulan los dos tribunales en estos casos, les agradezco.
Saludos
 #556205  por cdiriarte
 
Evidentemente que si realizás el exequatur para la validación, en Argentina, de la sentencia dictada en Francia, la esposa podría reclamar aquí los daños y perjuicios establecidos en el país de origen, mediante el trámite de ejecución de sentencia, pues la sentencia extranjera homologada en nuestro país adquiere el mismo carácter que una dictada en Argentina. Saludos.