bueno el tema es asi. tengo un cliente que vino por una sucesión. el vive en una estancia que pertenecía al abuelo que falleció y dejo como único heredero a su padre. Este padre tenia como cinco hijos, pero como no quería perder tiempo con la inscripción y eso de la estancia le hizo una cesion de derechos a nombre de uno de los hijos para que este se encargue de luego poner a nombre de los diferentes hermanos. pero desgraciadamente muere este hijo en un accidente, y ahora la concubina que tiene una hija en común inicio una sucesión para que su hija sea la única heredera de la estancia dejando afuera a todos los hermanos.
que hago??
lo que estaba pensando son estas siguientes acciones:
1 una usucapión por parte de los otros hermanos que tienen el pago de impuestos de hace mas de 18 años y siempre vivieron en la estancia.
2 estaba leyendo las acciones de reducción, o petición de herencia, o colación, pero por lo que lei solo corresponde cuando el que dono esta muerto, pero en este caso el sigue vivo.
que hago??
lo que estaba pensando son estas siguientes acciones:
1 una usucapión por parte de los otros hermanos que tienen el pago de impuestos de hace mas de 18 años y siempre vivieron en la estancia.
2 estaba leyendo las acciones de reducción, o petición de herencia, o colación, pero por lo que lei solo corresponde cuando el que dono esta muerto, pero en este caso el sigue vivo.
