Buen tardes colegas, estoy haciendo una demanda de liquidación y adjudicación de sociedad conyugal. Les consulto: Es necesario para su procedencia, haber inscripto la sentencia de divorcio recaída en los autos principales?. gracias y saludos 
Mira, yo no te aseguro que no sea necesario.
Sólo te cuento mi experiencia.
Iniciamos una demanda por liquidacion de la soc. conyugal, y jamàs nos pidieron acreditar la inscripción.
Además se supone que en el tema entiende el mismo juez q del ppal. por ende podés apotar como prueba el expte. de divorcio.
Saludos
